Jubileos e Indulgencias, un lucrativo turismo

(Sac. 4.6)

En los últimos cincuenta o sesenta años, un hecho que siempre existió en el seno de la Iglesia, cual era el de ganar un jubileo y con ello las indulgencias asociadas, se ha transformado en una ocasión más para hacer turismo. Aquello que era de suyo profundamente religioso y sacro, ha sido convertido en algo profano, banal, superficial y hasta en algunas ocasiones, sacrílego.[1]

La profanación de lo sagrado es algo que se ha hecho muy habitual en nuestra Iglesia después del Vaticano II: Misas que más parecen espectáculos circenses; procesiones de Semana Santa en las que participan también muchos de los que días antes habían estado saliendo en los Carnavales sin decoro alguno; retiros espirituales que más bien parecen sesiones de yoga con un discreto barniz de fe; templos que son usados para conciertos profanos y otras actividades artísticas; hasta la misma apariencia de los sacerdotes y religiosos, que habiendo perdido su atuendo y conducta sacros, se mezclan con los jóvenes, bailan y cantan al Ser Supremo.

Como ya dijo Santo Tomás de Aquino: “Corruptio optimi pessima”[2]. La corrupción de aquello que es de suyo sagrado para ser manipulado, banalizado y desacralizado está causando grandes males a la Iglesia.

Nuestro mundo se ha acostumbrado a los sucedáneos. Para muchos es suficiente e incluso deseable, que algo tenga la apariencia de café, azúcar y leche; aunque luego no sea café, ni azúcar, ni leche. Exactamente lo mismo está ocurriendo con el fenómeno religioso y con todo lo que es sagrado. Se está ofreciendo “al mercado” un producto que aparenta ser religioso, pero que está muy lejos de serlo; es más, por haberse mofado de lo que es santo, se ha convertido en sacrílego.

Todos nosotros estamos hartos de ver autobuses llenos de “peregrinos” que salen en dirección al “lugar santo” de turno para ganar el jubileo; y con ello, al menos así ellos lo piensan, conseguir un pasaporte para el cielo. Pero una cosa que las autoridades religiosas no ponen suficiente énfasis, ya que ello disminuiría la afluencia de peregrinos, es que para ganar las indulgencias propias del jubileo, hay que confesarse como Dios manda, recibir la Eucaristía, orar según las intenciones del Papa[3] y tener una disposición interior de total desapego del pecado, incluso del venial.

Hace años, cuando yo no era todavía clérigo, le oí contar a un sacerdote la siguiente historia:

A mediados del siglo XVI se puso de moda visitar las Siete Iglesias de Roma para ganar indulgencia plenaria durante el jubileo[4]. Un buen día, después de haber peregrinado por las Siete Iglesias de Roma, se encontraron San Felipe Neri y San Ignacio de Loyola; se saludaron, pues eran amigos, y San Felipe le dijo a San Ignacio:

“He tenido una revelación en la que el Señor me ha dicho que los únicos que han ganado las indulgencias en Roma han sido vuestra merced y otra persona”.

A lo que San Ignacio respondió:

“Pues yo también he tenido una revelación del Señor en la que me ha dicho que solamente han ganado las indulgencias en Roma vuestra merced y otro”.

Es fácil adivinar quién era “el otro”.  Y es que, para ganar las indulgencias, no sólo hace falta confesarse, recibir la Eucaristía y rezar por las intenciones del papa, es necesario también tener un desapego total del pecado, incluso venial; y eso, ya no es tan frecuente. Dicho con otras palabras: si no se cumplen todas las condiciones para ganar las indulgencias podemos estar seguros que lo único que estamos haciendo es turismo[5].

¿Qué son las indulgencias?

Las indulgencias son un maravilloso tesoro que tiene la Iglesia fruto de los méritos de Cristo, de la Virgen y de los Santos. La Iglesia, administradora de la Redención, dispensa y aplica con autoridad ese tesoro, pudiendo conceder al fiel cristiano que se halle bien dispuesto y cumpla las citadas condiciones, la remisión total o parcial de la pena temporal debida por los pecados cometidos, ya remitidos en cuanto a la culpa a través del sacramento de la Penitencia.

¿Pasaron de moda las Indulgencias?

Si tomamos un devocionario antiguo, veremos cómo las diversas oraciones que allí aparecen tienen un letrerito que reza: “trescientos días de indulgencia”.

Hoy día ya no es tan frecuente oía hablar de las indulgencias, salvo en casos muy especiales o con ocasión de un jubileo. Tal parece que ya pasaron de moda o que hubiera una conspiración de silencio en relación a ellas.

En la actualidad, hablar de jubileo e indulgencias suele llevar asociado un viaje turístico a Roma, etc…, normalmente organizado por el párroco (quien es el primero que se apunta), y ya de paso, dar una vuelta por Venecia, Génova…

Así pues, dediquemos unas líneas para explicar qué son, en qué consisten y cómo se ganan las indulgencias.

¿Para qué sirven las indulgencias?

Todo pecado lleva consigo una culpa y una pena:

  • Culpa es la ofensa hecha a Dios.
  • Pena es el castigo que dicha ofensa merece.

La culpa de los pecados mortales se borra con la confesión y también con el acto de contrición perfecta que incluya el propósito de confesarse cuanto antes.

La culpa de los pecados veniales se perdona con la confesión, o también por el arrepentimiento y la práctica de la caridad.

La pena eterna del infierno Dios la perdona al mismo tiempo que la culpa mortal cuando nos confesamos. Pero puede quedar todavía una pena temporal; esta pena temporal hay que expiarla durante la vida o en el purgatorio.

En la vida se satisface esa pena temporal con todo acto de amor de Dios, con toda obra buena hecha en estado de gracia y también a través de las indulgencias.

Mediante las indulgencias se consigue “la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados ya perdonados en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos” (CEC n.1471).

Las indulgencias, tanto parciales como plenarias, pueden ser lucradas por todos los fieles para sí mismos o pueden aplicarlas por los difuntos (y en este caso se llaman sufragios). En cambio, en ningún caso, se pueden aplicar por otra persona viva.

¿Qué condiciones ha de cumplir el sujeto para ganar las indulgencias?

  • Que esté bautizado: Es necesario el Bautismo para participar de las gracias o beneficios de los que la Iglesia es administradora y dispensadora.
  • Que no esté excomulgado: La unión con el Cuerpo Místico de Cristo se pierde por la excomunión, sanción penal que la Iglesia aplica a ciertos fieles que cometen determinados pecados.
  • Que se encuentre en estado de gracia, por lo menos al final de las obras prescritas. Porque la remisión de la pena temporal exige antes el perdón de las culpas y, tratándose de culpas graves, es necesario primero arrepentirse, confesarse y recibir la absolución del pecado.
  • Que tenga intención de ganarlas. Es suficiente hacer la intención de una vez y para siempre de ganar todas las indulgencias que otorga la Iglesia, pero es aconsejable renovar frecuentemente esa intención. Se refiere también a la intención de que la indulgencia se aplique a favor de uno mismo o en beneficio de las almas del purgatorio.
  • Que cumpla con las obras prescritas señaladas por la Iglesia. Estas obras deberán cumplirse dentro del tiempo determinado y en la forma establecida en la concesión. Existen excepciones: si la persona está impedida física o legítimamente para cumplir la obra prescrita, un sacerdote puede conmutar dicha obra por alguna otra.

Quién puede conceder indulgencias

  • En primer lugar el Papa, ya que tiene plena facultad para otorgar a todos los fieles la remisión parcial o total de las penas.
  • En segundo lugar, aquéllos a quienes el mismo derecho otorga esta potestad (cardenales, obispos…).
  • En tercer lugar, aquéllos a quienes el Romano Pontífice autorice para ello.
INDULGENCIAS PARCIALES

La indulgencia parcial consiste en acrecentar el valor satisfactorio de nuestras buenas obras; cosa que depende de las condiciones determinadas por la Iglesia, el valor de la obra y el amor con que se haga.

¿Cómo se gana indulgencia parcial?

  • “Se concede indulgencia parcial, al fiel cristiano que en el desempeño de sus deberes y en el sufrimiento de las miserias de la vida, eleva su alma a Dios con humilde confianza, aun sólo mentalmente, con alguna pía invocación”.
  • “Se concede indulgencia parcial al fiel cristiano que llevado de espíritu de fe se emplea a sí mismo o sus bienes en servicio de sus hermanos necesitados, con espíritu de misericordia”.
  • “Se concede indulgencia parcial a los fieles que voluntariamente se abstienen de cosas lícitas y agradables, por espíritu de penitencia”.
  • “Además de las tres anteriores concesiones generales, tienen indulgencia parcial las siguientes oraciones y acciones:

Las siguientes oraciones y acciones tienen indulgencia parcial.

Todas las que van señalizadas con (*) pueden alcanzar la indulgencia plenaria si se cumplen los requisitos de la misma:

  • ‘A Ti, bienaventurado José…’.
    • ‘A ti, oh Dios, te alabamos…’ (Te Deum)*.
    • ‘Acordaos, oh piadosísima Virgen María…’.
    • ‘Ángel de Dios, tú que eres mi custodio…’.
    • ‘Aquí estamos, Señor, Espíritu Santo…’.
    • ‘Santos Apóstoles Pedro y Pablo…’.
    • ‘Misericordia, Dios mío…’ (Salmo 50).
    • ‘María, Madre de gracia y de clemencia…’.
    • ‘Adorad postrados…’ (Tantum ergo)*.
    • ‘Oh, sagrado banquete’.
    • ‘Miradme, oh mi amado y buen Jesús…’*.
    • ‘Señor, a todos los que por amor…’ (Oración por nuestros benefactores).
    • ‘Señor, Dios Todopoderoso, que nos has hecho llegar al comienzo de este día…’.
    • ‘Bajo tu protección…’ (Sub tuum praesidium).
    • ‘Señor, dales el descanso eterno…’ Esta indulgencia se aplica sólo a los difuntos.
    • ‘Adórote devotamente…’ (Adoro te devote).
    • ‘Alma de Cristo…’.
    • ‘Proclama mi alma…’ (Magnificat).
    • ‘Oremos por nuestro Pontífice…’.
    • ‘Jesús dulcísimo, cuya caridad…’.
    • ‘Desde lo hondo…’.
    • ‘Ven, Espíritu Creador…’ (Veni Creator).
    • ‘Ven, Espíritu Santo…’ (Veni, Spiritus Sanctus).
    • ‘Jesús dulcísimo, Redentor del género humano…’ (Consagración a Cristo Rey).
    • ‘Te damos gracias…’
    • ‘Señor… dígnate enviar a su santo ángel…’.
    • ‘Señor, que tu gracia inspire…’.
    • ‘Visita, Señor esta habitación…’.
    • Rezar la Salve.
    • Rezar el Santo Rosario.
    • Rezar el Angelus durante el tiempo ordinario.
    • Rezar el Credo, ya sea el apostólico o el niceno-constantinopolitano*.
    • Rezar el Regina Coeli durante el tiempo pascual.
    • Rezar Laudes o Vísperas del Oficio de difuntos.
    • Rezo de cualquiera de las Letanías aprobadas por la Iglesia, entre otras: del Santísimo Nombre de Jesús, del Sagrado Corazón de Jesús, de la Preciosísima Sangre de Nuestro Señor Jesucristo, de Santa María Virgen, de San José y de los Santos.
    • Rezar las oraciones para pedir por las vocaciones.
    • Rezar por la unidad de los cristianos.
    • Rezo de cualquiera de los oficios parvos.
    • Rezar una oración en honor de un santo en el día de su celebración litúrgica.
    • Adoración del Santísimo Sacramento (Visita al Santísimo)*.
    • Hacer un acto de contrición.
    • Leer la Sagrada Escritura como lectura espiritual*.
    • La comunión espiritual.
    • Asistir a las Novenas con motivo de Navidad, Pentecostés o de la Inmaculada Concepción.
    • Cualquier acto de fe, esperanza o caridad.
    • Hacer un rato de oración mental.
    • Renovar las promesas del bautismo*.
    • Impartir o aprender la doctrina cristiana.
    • Realizar la Señal de la cruz, pronunciando las palabras de costumbre.
    • Visitar las catacumbas y los cementerios rezando por los difuntos.
    • Asistir a la predicación de la palabra de Dios*.
    • Visitar una iglesia u oratorio en los días en que se realiza la visita pastoral*.
    • Usar los objetos piadosos (cruces, medallas, escapularios…) con la bendición debida*.
INDULGENCIAS PLENARIAS

Para ganarlas se requiere, además de las condiciones antedichas y el cumplimiento de la obra u oración prescrita, cuatro cosas:

  • Confesión.
  • Comunión.
  • Orar por las intenciones del Papa.
  • No tener afecto a pecado alguno (incluso venial).

Si falta alguna de estas condiciones, se gana sólo indulgencia parcial.

Únicamente se puede ganar una indulgencia plenaria al día, excepto en caso de muerte.

Veamos estas cuatro condiciones en detalle:

1) Confesión. Si no se está en pecado mortal, vale la confesión hecha:

a) el mismo día en que se quiere ganar la indulgencia.
b) en cualquiera de los ocho días que preceden a ese día.
c) a los que acostumbran confesarse por lo menos dos veces al mes, estas confesiones les bastan.
d) aunque no se confiesen dos veces al mes, si son personas de comunión diaria –aunque de hecho no comulguen una o dos veces por semana– no necesitan confesarse especialmente, si no están en pecado mortal.

2) Comunión. Puede hacerse:

a) en el día en que se quiere ganar la indulgencia.
b) el día anterior al día en que se quiere ganar la indulgencia.
c) en cualquiera de los siete días inmediatos siguientes al día indicado en el punto a.
d) los que acostumbran comulgar todos los días –aunque de hecho no comulguen una o dos veces por semana– no están obligados a comulgar especialmente para ganar la indulgencia.

3) Orar por las intenciones del Papa. No basta la oración mental, debe ser vocal. Puede hacerse cualquiera según la piedad de cada uno, pero seguramente basta un Padrenuestro, Avemaría y Gloria.

4) No tener afecto a pecado alguno. Finalmente, es necesario estar sin culpa alguna para que se perdone toda la pena; de donde la necesidad de estar totalmente arrepentidos y decididos a no pecar más, no conservando afecto a ningún pecado.

Principales obras que tienen concedida indulgencia plenaria

Las siguientes oraciones y acciones, entre otras, tienen indulgencia plenaria, si se cumplen las condiciones requeridas:

  • ‘A Ti, oh Dios, te alabamos…’ (Te Deum): 1º de enero y en la Solemnidad de Pentecostés.
    • ‘Adorad postrados…’ (Tantum ergo): Jueves Santo después de la Misa In Coena Domini y en la acción litúrgica del Corpus Christi.
    • ‘Jesús dulcísimo…’ (Acto de reparación): rezado públicamente el día del Sagrado Corazón.
    • ‘Miradme, oh mi amado y buen Jesús…’: Los viernes de Cuaresma.
    • ‘Ven, Espíritu Creador…’ (Veni Creator): rezado públicamente el 1° de enero y en la Solemnidad de Pentecostés.
    • Rezar el Vía Crucis: ante las estaciones, pasando de una a otra por lo menos quien lo dirige, meditando las escenas si se desea, con alguna oración vocal.
    • Rezo del Santo Rosario: rezándolo en una iglesia, en un oratorio, en familia, o en comunidad. Es suficiente con rezar sólo cinco de los quince misterios, con la meditación de los misterios que se rezan.
    • Adoración al Santísimo durante al menos media hora.
    • Adoración de la Cruz: en la acción litúrgica del Viernes Santo.
    • Realizar Ejercicios Espirituales o retiros similares, al menos de tres días de duración.
    • Recibir la Bendición Papal Urbi et Orbi; también es válida por radio o televisión.
    • Asistir al rito con que se clausura un Congreso Eucarístico.
    • Al sacerdote que celebra los 25, 50, 60 años como aniversario de su ordenación, es extensiva a quienes le acompañen en la Santa Misa.
    • Lectura de la Sagrada Escritura: al menos media hora.
    • Visitar la iglesia parroquial en la fiesta titular y el 2 de agosto (indulgencia de la Porciúncula). Lo mismo vale para la Iglesia catedral o con-catedral o para las iglesias cuasi-parroquiales.
    • Recibir la bendición apostólica en peligro de muerte inminente. En el caso de que no haya sacerdote, la Iglesia concede esta misma indulgencia con tal que se haya rezado habitualmente algunas oraciones (se suplen las tres condiciones habituales para ganar la indulgencia plenaria).
    • Asistir a la predicación de algunos sermones, participando en la clausura de una Santa Misión.
    • Visitar una iglesia u oratorio el día de su santo Fundador, rezando un Padrenuestro y un credo.
    • Visitar las Basílicas Patriarcales o Mayores de Roma el día de la fiesta titular, en cualquier día de precepto o en día cualquiera del año elegido por el mismo fiel: ha de rezarse el Padrenuestro y el Credo.
    • Visitar una iglesia u oratorio el día de Todos los difuntos (o con consentimiento del obispo, el domingo anterior o el posterior). Esta indulgencia sólo es aplicable a las almas del purgatorio.
    • Visitar una iglesia o altar en el día de su dedicación, rezando un Padrenuestro y un Credo.
    • Usar el día de los Santos Pedro y Pablo (29 de junio) algún objeto piadoso bendecido por el Papa o un obispo, rezando un Credo.
    • Al nuevo sacerdote en su Primera Misa Solemne, y a quienes asistan a ella.
    • Renovación de las promesas del bautismo: en la Vigilia pascual o en el aniversario del bautismo.
    • Visitar la iglesia en que se celebra el Sínodo diocesano mientras éste dura, rezando el Padrenuestro y el Credo.
    • Visitar las iglesias estacionales en su día propio, asistiendo a las funciones de la mañana o de la tarde.
    • Al fiel que hace la Primera Comunión, y a quienes le acompañan.
    • Visita al cementerio en los primeros ocho días del mes de noviembre, orando (basta mentalmente) por los fieles difuntos.
    • En la visita pastoral, pueden beneficiarse de la indulgencia una vez si se asiste a una función sagrada presidida por el visitador.
    La siguiente oración está enriquecida con indulgencia plenaria (Pío XI, 21 de febrero de 1923):
    “Oh Cristo Jesús, yo os reconozco como Rey universal. Todo cuanto existe ha sido creado por Vos. Ejerced sobre mí todos vuestros derechos.
    Renuevo las promesas del bautismo renunciando a Satanás, a sus pompas y a sus obras, y prometo vivir como buen cristiano. Y muy particularmente me comprometo a hacer triunfar, según mis fuerzas, los derechos de Dios y de vuestra Iglesia.
    Corazón divino de Jesús, yo os ofrezco mis pobres acciones para lograr que todos los corazones reconozcan vuestra sagrada Realeza y que así se establezca en el mundo el reino de vuestra paz. Así sea.”
    (Rezar un Padre nuestro, Ave María y Gloria a intención del Sumo Pontífice)

Y otras circunstancias más, que sería largo enumerar, sobre todo si a estas concesiones generales se suman otras muchas particulares.

Es pues una lástima que teniendo tesoros tan maravillosos a nuestro alcance no los usemos con más frecuencia y devoción.

****

Aquí acabamos el capítulo IV dedicado al sacramento de la Penitencia. El próximo artículo comenzaremos a ocuparnos del sacramento de la Eucaristía.

Padre Lucas Prados

 

[1] Es costumbre terminar la exposición del sacramento de la Penitencia hablando de las Indulgencias.

[2] Sentencia atribuida a Santo Tomás de Aquino y que quiere decir: “La corrupción de lo(s) mejor(es) es lo peor”.

[3] Rezar por las intenciones del Papa significa rezar por las intenciones de la Iglesia de siempre, manifestadas a través de su Vicario el Papa.

[4] El peregrinaje de las siete iglesias de Roma, también conocido como el tour o giro o ronda de las siete iglesias (en italiano, visita delle Sette Chiese o Giro delle Sette Chiese), es una peregrinación urbana tradicional que se realiza a pie por la ciudad de Roma en la que se visitan siete iglesias antiguas y grandes, centros mayores de peregrinación religiosa, para lograr la indulgencia plena. Muchos romeros siguen hoy las huellas de San Felipe Neri que fue quien informalmente impulsó este tour en el año jubilar de 1575. Originariamente se hacía en un único día, actualmente se lleva a cabo en grupo por la noche dos veces al año, en septiembre y mayo, poco antes de la fiesta de San Felipe Neri, dirigida por un padre de la Congregación del Oratorio de San Felipe Neri. También se considera un acto de devoción típico del Viernes Santo y/o el Sábado Santo, que consiste en entrar en esas siete iglesias diferentes y acercarse a orar cerca del Cristo muerto.

[5] Más adelante se explica con más detalle esta situación.

Padre Lucas Prados
Padre Lucas Prados
Nacido en 1956. Ordenado sacerdote en 1984. Misionero durante bastantes años en las américas. Y ahora de vuelta en mi madre patria donde resido hasta que Dios y mi obispo quieran. Pueden escribirme a [email protected]

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