El fundamento de la moral

¿Por qué el hombre ha de conducirse éticamente? ¿Cuál es el fundamento de la moralidad? El tema es importante ya que hoy día existen ciertos ámbitos culturales que niegan que el hombre deba seguir un comportamiento ético o moral determinado; más aún, algunos dicen  que los calificativos de “bien” y “mal” dependen de la valoración social, del fin que cada individuo tenga, de las circunstancias en las que actúa o de las consecuencias que se sigan de su acción. ¿Podemos calificar objetivamente las acciones humanas de “buenas” o “malas”? La respuesta a este interrogante depende de la concepción que tengamos del hombre, y ésta a su vez está subordinada a que se admita o no la existencia de Dios. En una palabra, la fundamentación de la moralidad del actuar humano depende de la concepción antropológica que tengamos del hombre; y dando un paso más, de nuestra concepción religiosa.

En medio de la crisis de valores que vive la sociedad actual, lo primero que hemos de hacer es probar que hay un modo de actuar propio del hombre como consecuencia de su naturaleza. Este modo de actuar no es aleatorio; es decir, no puede ser determinado por cada hombre según sus propios deseos sino que nos viene dado por el hecho de la naturaleza humana que tenemos. Como nos dice el profeta Jeremías (31:33), tenemos la ley de Dios escrita en el corazón. El hombre ha de llegar a descubrir esta ley y ha de ser capaz de formularla objetivamente. En el fondo ese es el fundamento de la distinción entre el bien y el mal. No se puede decir esto es “para mí” bueno y “para ti”, malo. El que algo sea bueno o malo es anterior a la “percepción moral” que el hombre tenga del hecho concreto. Dicho con otras palabras, lo que es bueno o malo no es determinado por el hombre sino por el Creador (Gen 2:17).

Ya Sócrates (a quien se considera fundador de la ética en occidente) afirmaba: “Es bueno lo que resulta grato a los dioses, e impío lo que no les agrada”. A partir de esta doctrina, los autores posteriores, al menos hasta Kant, fundaban el actuar último de la ciencia moral en la existencia de Dios.

¿Se puede hablar de una moral o ética que no esté fundamentada en Dios? En rigor, cabe afirmar que la razón puede justificar una serie de principios éticos que regulen la conducta humana, pues a partir de la excelencia de la persona, se pueden enunciar algunos principios morales que, si se cumplen dignifican al hombre y, al contrario, si se conculcan, tal dignidad queda seriamente comprometida. A pesar de que es posible proponer un sistema moral racional, no es fácil fundamentar una serie de valores universales válidos para todos los pueblos y culturas sin recurrir a Dios.

De todos modos, la Iglesia no quiere imponer su mensaje moral a una sociedad que se declara “no creyente”, pero sí puede ofrecer su programa moral a los no creyentes, movido por la seguridad de que la moral cristiana es, en verdad la salvaguarda de la integridad de la persona humana, pues es una moral no elaborada por los hombres sino revelada por Dios y enseñada por Cristo.

El Magisterio de la Iglesia ha enseñado siempre que el fundamento último de la moralidad de las acciones humanas es preciso situarlo en Dios. El papa León XIII (finales del XIX y principios del XX) decía:

“La moralidad, por el hecho mismo de tener que armonizar en el hombre tantos derechos y deberes, y puesto que la moralidad es un elemento que entra como componente en todos los actos humanos, implica necesariamente la existencia de Dios… Sin la verdad, sin el bien, no hay moral. ¿Cuál es la verdad principal y esencial, origen de toda verdad? Dios. ¿Y cuál es la bondad suprema, origen de todo bien? Dios…”. [1]

Pio XI, ya en el siglo XX, rechazó los intentos de separar la moral de la religión tal como pretendían las corrientes positivistas:

“Sobre la fe en Dios, se funda la moralidad del género humano. Todos los intentos de separar la doctrina del orden moral de la base granítica de la fe, para reconstruirla sobre la arena movediza de las normas humanas, conduce, pronto o tarde, a los individuos y a las naciones a la decadencia moral. El necio que dice en su corazón “no hay Dios” se encamina a la corrupción moral (Sal 13: 1ss). Y estos necios que presumen separar la moral de la religión, constituyen hoy legión”.[2]

Y Pío XII añade:

“Cuando temerariamente se niega a Dios, todo principio de moralidad queda vacilando y perece…”.[3]

Desgraciadamente, esta doctrina católica no es aceptada por nuestro tiempo, lo cual está causando el rechazo frontal de los principios morales cristianos y en general, de cualquier ética que parta de la ley natural.

La moralidad de los actos humanos procede del hecho de que el hombre es un ser racional y libre. Ya Aristóteles definió al hombre como un “ser ético” y situaba la diferencia entre el hombre y el animal a partir de tres realidades: la racionalidad (el hombre piensa), la socialidad (el hombre es un animal político) y la eticidad (el hombre es un animal que debe vivir según unos principios éticos). El hombre ha de orientar sus actos de un modo racional, y no, guiado meramente por sus instintos. La dimensión ética de la conducta humana no tiene su fundamento (como dicen algunos) en agentes externos (sociedad, estado, religión). La Revelación nos enseña que la eticidad del hombre deriva del hecho de haber sido creado por Dios (Gen 1:27); por lo que su conducta ha de conformarse según su propia naturaleza. El hombre refleja en su mismo ser la imagen de Dios; lo cual demanda de él un comportamiento adecuado a esa imagen y dignidad. Por otro lado, el hombre, al ser criatura de Dios, no puede determinar por sí mismo lo que es bueno o malo, sino que su juicio moral debe estar supeditado al querer de Dios (Gen 2: 16-17).

Distinción e identidad entre ética y moral

Ambos términos, ética (del griego “éthos”) y moral (del latín “mos”) tienen la misma significación semántica: “costumbre”. No obstante, con el tiempo, el término “ética” designó la ciencia filosófica, mientras que el término “moral” se reservaba para las éticas de origen religioso. En la actualidad ambos términos vuelven a ser sinónimos sólo con ciertas diferencias de matiz. Los teólogos y el Magisterio actual tienden a usar indistintamente ambos términos, tal como haremos también aquí.[4] Sin ánimos ser muy precisos podríamos decir que la moral es la ética iluminada por los principios de la Revelación.

La ley

Hablando en términos generales, ley es todo lo que regula un acto u operación, sea cualquiera su especie. En este sentido amplio puede decirse que la ley es una obra u ordenación de la razón que expresa un deber ser. Entendida así, podemos hablar de leyes físicas, leyes técnicas y leyes morales. Una ley física es por ejemplo la ley de la gravedad. Una ley técnica es la que ordena un acto humano hacia un fin restringido y no último; tal es el caso de todas las leyes que gobiernan las artes. Una ley moral es la que regula los actos humanos en tanto que humanos; es decir, no según un valor relativo, sino según su valor absoluto, o sea, como realizados por un último fin.[5]

Podemos hablar también de leyes divinas (ley eterna, ley natural y ley divino-positiva) que son obras de la razón y de la voluntad divinas que expresa a través de ellas un deber vinculante que abarca a toda la creación, aunque de diverso modo, según la naturaleza propia de cada criatura. Y también podemos hablar de leyes humanas (civiles o eclesiásticas) que son obras de la razón y de la voluntad humanas que expresan un deber ser vinculante, que abarca a todos los que están sujetos a la autoridad del legislador.

Tanto las leyes físico-naturales que rigen la naturaleza física como las leyes morales que rigen al hombre en su dimensión de ser racional y libre son, en último término, emanadas por la razón divina. Pero el conocimiento y formulación de todas estas leyes, es obra de la razón humana. Al margen queda la ley divino-positiva, ya que ella es formulada por Dios, directamente o a través de hombres elegidos para ello. Cabe así un progreso en el conocimiento y formulación de las leyes, que sigue procesos diversos en las ciencias naturales y en las ciencias humanas y morales.

El estudio de las diversas leyes físico-naturales, biológicas, psicológicas, lógicas, matemáticas, etc., corresponde a sus diversas ciencias y a la filosofía de la naturaleza o cosmología; igualmente las leyes de las artes son estudiadas por la estética, la técnica, etc. Nos ocuparemos aquí a partir de ahora, de las leyes morales en sentido estricto, cuyo estudio científico a la luz de la pura razón humana corresponde a la parte de la Filosofía llamada Ética. También el Derecho, bajo un cierto aspecto, estudia las leyes morales; y, asimismo, la Teología moral estudia la ley moral, pero bajo la luz de la razón iluminada por la Revelación.

a.- Definición de ley

Es clásica la definición dada por Santo Tomás de Aquino: «la ley es una ordenación de la razón, dirigida al bien común, promulgada por aquel que tiene el cuidado de la comunidad».[6]

También es clásica la definición de Francisco Suárez: “ley es un precepto común, justo y estable, suficientemente promulgado”.[7]

La definición de Santo Tomás abarca, así, a la ley eterna, en tanto ésta es regla de la actividad racional y libre del hombre, quien la conoce a través de su participación en ella que constituye la ley natural moral y de los mandatos expresamente ordenados por Dios a través de la ley positiva divina y también de la ley humana positiva derivada de la ley natural.

La primera nota señalada por la definición es el carácter racional de toda ley. La ley es un producto de la razón. Todo obrar busca un fin, el que en su orden tiene naturaleza de bien. Pertenece a la razón ordenar en vista al fin y ella es el primer principio en el orden universal del obrar. La razón humana, que de suyo no es regla y medida pues debe estar reglada y medida por el objeto, lo es, sin embargo, en cuanto participa de la ley eterna, esto es, de la razón divina, que es regla y medida de las cosas.

También se prueba que la ley pertenece a la razón, por los actos que se le asignan (mandar, prohibir, permitir, castigar). Por eso la ley es un dictamen, algo imperativo, fruto del imperio de la razón. El consejo y el juicio preparan la elaboración. Ahora bien, el consejo, el juicio y el imperio son actos propios de la prudencia. Por eso la prudencia es la virtud específica del legislador. Ya Santo Tomás se había planteado la cuestión de que «la ley no es objeto de la justicia, sino más bien de la prudencia.»[8]

b.- Tipos de leyes morales

En razón de su autor y del bien común, la ley se divide en divina y humana

  • La divina, a su vez, se subdivide en eterna, natural y revelada o divino-positiva.
  • La humana, por su parte, se subdivide en civil y eclesiástica.

En razón de su contenido y obligación, la ley puede ser:

  • Preceptiva (manda realizar determinados actos).
  • Prohibitiva (los prohibe).
  • Permisiva (sin mandar ni vedar determinados actos, obliga a las personas a no obstaculizar a quienes quieren realizarlos).

Como bien resume Millán Puelles, «de una manera esencial, la ley se encuentra en el ser que la establece y que mediante ella ordena o dirige los actos humanos. Lo que regula el dinamismo de éstos hacia su fin último se halla, pues, de una manera esencial, en Dios. Como Dios no se mide por el tiempo, la ordenación divina se llama ley eterna; aunque previamente considerada, como algo recibido en la criatura, comienza con esta misma. De un modo participado la ley se halla en quien por ella es regido. Si éste conoce mediante una inclinación de la naturaleza, la ley se denomina, en este sentido, ley natural; si, por el contrario, es precisa una comunicación o promulgación especial, se denomina ley positiva, que se subdivide en divina y humana, según que su promulgador sea Dios o el hombre. No hay, sin embargo, inconveniente alguno en que la ley natural sea también objeto de notificación positiva, para una mayor facilidad de su conocimiento”.[9]

Ley eterna o ley divina

  • Es la ordenación que Dios impone al mundo, al universo y a la sociedad hacia el bien. Aunque está fuera del alcance de la razón humana no es ni puede ser contraria a la razón. La ley eterna es el fundamento de la ley natural.
  • La ley eterna es obra de la prudencia divina destinada a regir todo lo creado ordenándolo en vistas al bien común del universo. A través de la ley eterna, Dios ordena los actos y movimientos de las criaturas. De esta disposición de lo creado resulta el orden del universo. Todo lo creado está sometido a la ley eterna, pues Dios no sólo da el ser y sustenta a sus criaturas, sino que también las somete a la ley.
  • La ley eterna reside en Dios como Legislador y en las criaturas sujetas a dicha legislación, como sujetos regulados y medidos. Respecto a la criatura racional, la ley eterna es fuente y fundamento último del orden moral y jurídico y en este sentido toda ley que sea auténticamente tal se deriva de esa normatividad suprema.

Ley natural

  • Es la expresión en la naturaleza humana de la ley eterna prescrita por Dios para todos los seres creados. La razón humana es capaz de encontrar las obligaciones morales que están inscritas en nuestra naturaleza y guiarnos hacia el bien.
  • La ley natural no es sino una proyección de la ley eterna en la razón humana.
  • El hombre actúa correctamente cuando sigue la ley natural que le dicta su razón.
  • El primer precepto de la ley natural se funda en la noción general de «bien» como aquello que todos los seres apetecen[10]: «Ha de hacerse el bien y evitarse el mal». Esta es la norma básica que establece el criterio de moralidad al que deben atenerse los actos humanos y a la que se reducen todos los demás preceptos relacionados con las tendencias naturales del hombre.
  • La criatura racional participa de una manera especial en la ley eterna, ya que a través de su inteligencia conoce parcialmente su contenido. Esta participación de la ley eterna en la criatura racional es la ley natural. Los hombres libres están naturalmente dotados de principios especulativos y prácticos. Los primeros principios en ambos campos son evidentes por sí mismos. En el orden práctico, que es el orden del obrar, estos principios pertenecientes a la ley natural reciben una formulación normativa, preceptiva, y son conocidos así de forma innata por la conciencia. Así la ley natural ordena: se debe hacer el bien y evitar el mal.
  • Se denomina «natural» porque se trata de una ley basada en la inclinación natural que posee el hombre hacia el bien.
  • Es, además, única, inmutable e indeleble, esto es, no puede abolirse ni desaparecer del corazón del hombre, valiendo universalmente para todos los seres humanos. La ley natural prescribe los actos de todas las virtudes y es una para todos los hombres de todos los tiempos, en cuanto a los primeros principios comunes. Respecto a las conclusiones derivadas de esos principios es la misma para todos en la generalidad de los casos «pero puede fallar en algunos, a causa de particulares impedimentos: sea en el recto sentido, sea en su conocimiento, y esto porque algunos tienen la razón pervertida por una pasión o mala costumbre, o por mala disposición natural»[11]. La ley natural es inmutable e indeleble en el plano de los primeros principios. Respecto a las conclusiones pueden variar de acuerdo a la variabilidad de la materia, y respecto a los principios secundarios «la ley natural puede oscurecerse en el corazón humano, sea por las malas persuasiones… sea por las costumbres perversas y los hábitos corrompidos”.[12]

Ley humana-positiva

  • Es una prolongación de la ley natural. Constituye el conjunto de normas morales que le permiten vivir al hombre en sociedad. Puesto que se basa en la ley natural, la organización del Estado debe adecuarse a ella y, en última instancia, a la ley divina.
  • La ley humana puede derivarse de la natural por conclusión o por determinación. Así de la norma de la ley natural «no debe hacerse daño a otro» se puede deducir por conclusión que no se debe matar a otro. La ley natural exige que el que comete un asesinato sea castigado, pero la determinación de la pena es algo propio de la ley humana.
  • La ley natural abarca sólo un pequeño conjunto de principios y de disposiciones que tienen la misma permanencia que la naturaleza humana y que los hombres deben aceptar para regir su conducta individual y social. Ese conjunto de principios y de disposiciones es insuficiente para regir la vida de los hombres en sociedad. Por eso es necesaria la ley humana, que fundada en la ley natural, vincula principios y circunstancias y regula acabadamente la vida jurídica de una determinada comunidad. Puede decirse que la ley humana es también necesaria porque hay hombres propensos al vicio que no se conmueven fácilmente con palabras y a quienes «es necesario apartarlos del mal mediante la fuerza o el temor; así, desistiendo al menos de hacer el mal, dejarán tranquila la vida de los demás. Esta disciplina que obliga con el temor al castigo es la disciplina de las leyes”.[13]
  • Toda ley, pues, es esencialmente un acto de la razón, pero un acto de la razón que presupone una moción de la voluntad, que es fuerza y motor. Pero este apetito debe ser recto, la voluntad debe ser rectificada y ordenada al bien. Por eso, en la confección de las leyes positivas es menester que la voluntad del legislador esté impregnada de justicia. Pero, una cosa es rectificar el querer frente al fin y otra es elaborar el plan preciso que a él conduce efectivamente. Declarar o definir el derecho pertenece a la prudencia.
  • Toda ley positiva humana que vaya en contra de una ley superior (eterna, natural o divino-positiva) no puede ser obedecida ya que es mala de suyo. Por ejemplo: la ley del aborto, la ley del divorcio…

Ley divina-positiva

El hombre necesita una ley divina positiva que formule de modo más preciso los preceptos de la ley natural cuando las concupiscencias de la humanidad caída debilitó la llamada interior de la conciencia. Pero independientemente de la caída, también el hombre en el Paraíso, al ser elevado a un orden sobrenatural, hubiera necesitado una norma superior a la ley natural, que le indicara el camino hacia su último fin sobrenatural.

c.- La Ley y el bien común

La ley es la ordenación de la razón en orden al bien común. Toda ley ha de encontrarse  orientada al bien común. Así pues, vemos:

  • Dios es el Bien común por orden al cual se constituye la ley eterna que es el dictamen de la razón y voluntad divinas, que ordenan los actos y movimientos de todas las criaturas, produciendo el orden universal.
  • El bien común sobrenatural es el fin de la ley divino-positiva, manifestación de la ley eterna, promulgada expresamente por Dios, que nos encauza hacia nuestro destino sobrenatural.
  • El bien común natural o intrínseco del universo es la finalidad de la ley natural, participación de la ley eterna, que el hombre conoce por connaturalidad gracias a la promulgación preceptiva efectuada a través de los primeros principios innatos en el entendimiento.
  • El bien común político es la causa final de la ley humana. Este bien común abarca todo aquello que puede perfeccionar a los hombres en la órbita de la sociedad temporal, incluyendo en el lugar que les corresponde todos aquellos bienes instrumentales que sirven como medios al bien honesto.

d.- La Ley y la autoridad

No toda persona es capaz de hacer leyes. Legislar pertenece a la comunidad o a la persona pública que tiene el cuidado de la autoridad.[14]

La ley eterna, la ley natural y la ley divino-positiva, provienen de Dios, creador, supremo gobernante, regulador y mensurador de todas las criaturas y sus actividades.

La ley humana proviene de la autoridad del legislador o de la autoridad del conjunto de la comunidad que puede, a través de un obrar generalizado, notorio y continuado, dar nacimiento a normas jurídicas o sociales consuetudinarias. La ley humana proviene de la autoridad humana del legislador. Dicha autoridad es en último término, derivada de Dios ya que la autoridad es consustancial a la existencia de la sociedad, la cual es obra de Dios, como lo es la naturaleza sociable del hombre. Así, pues, sea cual sea el procedimiento concreto para elegir o determinar la autoridad, o la forma de ejercerse, siempre la fuerza u obligatoriedad de la ley humana, cuando es justa, viene en último extremo de Dios.

Es requisito imprescindible que toda ley sea promulgada por la autoridad competente. La promulgación consiste en poner en conocimiento de los obligados las prescripciones de la ley.

e.- Ley y moralidad

La ley moral no es más que la norma constitutiva de la moralidad en cuanto mandada por Dios de modo categórico.

Como afirma Derisi:

«Se puede distinguir en el bien y mal moral dos aspectos que, aunque inseparables, son formalmente diversos. El primero, por el cual un acto es conforme o disconforme con el último fin y de donde se deriva inmediatamente el que sea honesto o deshonesto, conveniente o no con nuestra perfección, aun prescindiendo de toda ley… Pero en el acto moral hay, además, un segundo aspecto, por el cual se nos manifiesta mandato, prohibido y permitido por la ley divina eterna… La ordenación final condiciona y fundamenta el mandato divino… Ambos aspectos del bien y del mal moral, dimanados del último fin impuesto por Dios al hombre como ley, están sintéticamente expresados en la definición de ley eterna de San Agustín: «Razón divina o Voluntad de Dios (primer elemento) que manda conservar el orden natural (segundo elemento) y prohíbe quebrantarlo».[15]

El hombre está ordenado por naturaleza a Dios, pero esa ordenación puede realizarse de diversos modos; es decir, podría haber sido colocado por Dios en un orden puramente natural, o también ser elevado a un orden sobrenatural. De hecho, en la actual economía de salvación, el fin último del hombre -de todo hombre- es la visión beatífica de Dios. Por tanto, la regulación de sus actos en orden a alcanzar ese fin sobrenatural es postulado primario de la ley divina.

La necesaria inserción del hombre en Cristo -Camino, Verdad y Vida, (Jn 14:6)- para orientarse y alcanzar dicho fin sobrenatural, no comporta un cambio en la naturaleza de la estructura de la moralidad, sino una elevación de la misma. La gracia no destruye la naturaleza, sino que la perfecciona. Aunque existan dos ciencias morales, la ética y la teología moral, no existen dos modalidades prácticas yuxtapuestas e igualmente subsistentes, pues todo comportamiento humano, plenamente moral, ha de estar ordenado -al menos radicalmente- al fin sobrenatural.

El verdadero sentido de la existencia humana se realiza en tender hacia Dios mediante los actos humanos, que se constituyen en morales precisamente por su referencia al fin último.

La ley moral encauza este proceder del hombre en su tendencia hacia Dios, mostrando el camino e impulsando a recorrerlo, es decir, ilustrando el entendimiento y fortaleciendo la voluntad. La ley así entendida es una potenciación, no una cortapisa del desarrollo de la persona humana. Con profundo sentido teológico se ha podido definir la ley como el itinerario o el pedagogo de la felicidad.

f.- La Ley y la libertad

El efecto primario y esencial de la ley en su función rectora de los actos humanos es la obligación, pero la obligación no es coacción o necesidad física de obrar en determinado sentido, sino la necesidad de ordenar libremente los actos humanos de acuerdo con el fin propio del hombre.

La obligación moral se fundamenta en último término en Dios, Ser supremo, Sumo bien, Fin último del hombre. Nada ni nadie, sino Dios, puede imponerse al íntimo querer del hombre, dejándole a la vez intacta la libertad o capacidad psicológica para rebelarse contra Él.

El hombre no está determinado físicamente hacia su fin, está tan sólo obligado moralmente. La ley moral no suprime la libertad, sino que la presupone y la potencia en cuanto que la dirige -obligándola-, a su plena realización, a su máxima felicidad.

El hombre, por ser creatura, no se da a sí mismo el ser y, por tanto, ni el fin ni la ordenación al fin; por consiguiente, tampoco su norma moral: todo ello lo recibe continuamente de la acción creadora y conservadora de Dios. Dios lo graba en la entraña más profunda del ser y lo impone con el rigor de la absoluta dependencia de la creatura respecto del Creador.

El hombre encuentra su plena realización en la conformidad a los planes de Dios, que le ha dado una naturaleza cuya plenitud de desarrollo sólo puede alcanzar con unos actos ordenados por quien le ha dado el ser. Ordenación de los actos a su fin, que debe también ver con la luz de la Revelación: el hombre no puede prescindir de su ordenación sobrenatural y de las exigencias que comporta. Su autorrealización, cumpliendo el bien exigido por la ley moral, no es independiente de su perfección intrínseca y del fin impuesto por Dios, en cuyo cumplimiento encuentra la libertad su máxima realización.

Ejercer la libertad es, fundamentalmente, amar el bien y hacerlo, más que elegir entre el bien y el mal, ya que «querer el mal, ni es libertad, ni parte de la libertad, aunque sea un signo de libertad».[16]

g.- La ley y la conciencia

Sería erróneo creer que el hombre es autónomo en crear su propia ley. Algunas personas sustituyen la ley por sólo lo que le dicta como ley su conciencia personal, confundiendo el conocimiento de la ley con la creación de la ley; bien aceptando que la norma objetiva de comportamiento debe estar regulada por las conveniencias de una sociedad cambiante, admitiendo como ley la costumbre, interpretando ésta como lo que hacen la mayoría de los hombres.

la ley divina es común a todos los hombres, sin embargo, es algo personal en cuanto que su ordenación a Dios es personal e irrepetible. El hombre debe considerar a través de su conciencia cómo esa conducta regulada por la ley es adecuada para su ser personal. Por esto la formación de la conciencia es un factor muy importante en el comportamiento del hombre: sin crear la ley, la descubre y la aplica a su actuar personal. La conciencia descubre las formas de actuación y advierte además que aquello es bueno para mí. La conciencia actúa como regla próxima de mi obligación, pero esa obligatoriedad no proviene de mi juicio, sino del conocimiento que tengo de que ese actuar es obligante, lo mismo que la obligatoriedad de la ley humana proviene de la divina, aunque la formulación y promulgación sea fruto de la deliberación humana.

En la formación de la conciencia intervienen radicalmente las disposiciones morales: la voluntad y la afectividad rectificadas, llevan a una autenticidad que trata de cumplir la perfección del propio ser, sabiendo que el acto es tanto más libre, en cuanto más está en conformidad con la ley divina.

Padre Lucas Prados


[1] Leon XIII, Au milieu, nº 6.

[2] Pío XI, Mit brennender Sorge, nº 34.

[3] Pío XII, Summi pontificatus, nº 21.

[4] Fernández, Aurelio, Moral Fundamental, Iniciación Teológica, Rialp, 5ª ed, Madrid 2004, pág. 33.

[5] Millán Puelles, A., Fundamentos de Filosofía, 7ª ed, Madrid, 1970, pág. 627.

[6] Santo Tomás de Aquino, Summa Theologica, I-IIae, q. 90, a. 4.

[7] Suárez, F., De legibus, 1,12.

[8] Santo Tomás de Aquino, Summa Theologica, II-IIae, q. 57, a. 1.

[9] Millán Puelles, A., Fundamentos de Filosofía, o.c. pág. 629.

[10] Santo Tomas de Aquino, Comentario a la Ética a Nicómaco de Aristóteles, lib I,2.

[11] Santo Tomás de Aquino, Summa Theologica, I-IIae, q. 90, a. 4.

[12] Santo Tomás de Aquino, Summa Theologica, I-IIae, q. 90, a. 6.

[13] Santo Tomás de Aquino, Summa Theologica, I-IIae, q. 95, a. 1.

[14] Santo Tomás de Aquino, Summa Theologica, I-IIae, q. 90, a. 3.

[15] Derisí, O., Los fundamentos metafísicos del orden moral, 3ª ed. Madrid 1969, págs. 387-389.

[16] Santo Tomás de Aquino, De Veritate, 22,6.

Padre Lucas Prados
Padre Lucas Prados
Nacido en 1956. Ordenado sacerdote en 1984. Misionero durante bastantes años en las américas. Y ahora de vuelta en mi madre patria donde resido hasta que Dios y mi obispo quieran. Pueden escribirme a [email protected]

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