¿Un derecho a la unión homosexual?

1. ¿Cómo reaccionar a la reciente propuesta hecha por el papa Francisco?. “Las personas homosexuales “ Ha declarado “tienen el derecho de pertenecer a una familia. Son hijos de Dios. No se puede expulsar a nadie de una familia, ni hacerle la vida imposible a causa de eso. Lo que debemos hacer, es una ley de unión civil, tienen el derecho de ser legalmente protegidas, Eso es lo que he defendido”. Reivindicando por las personas homosexuales “el derecho de pertenecer a una familia”, el Papa, es evidente, no piensa sólo en la situación de una persona homosexual que, a pesar de su homosexualidad, tendría derecho de permanecer como miembro de su propia familia (el hijo de su padre y de su madre, el hermano de sus hermanos y hermanas) se trata de mucho más que eso: se trata de reivindicar la “ley de unión civil”, destinada a proteger el derecho de las personas homosexuales a vivir en pareja, como dos esposos, como lo que ocurre en el matrimonio, uniendo un hombre y una mujer.

2.En un libro recogiendo los “encuentros” del Papa con Dominique Wolton[1], aparecido en 2017[2], Francisco había desaprobado claramente la posibilidad de un “matrimonio” entre personas homosexuales. “¿Qué pensar”, se preguntaba, “del matrimonio de personas del mismo sexo?. El matrimonio es una palabra histórica”. Desde siempre, en la Humanidad, y no sólo dentro de la Iglesia, se trata de un hombre y una mujer. No se puede cambiar algo como eso(…) No se puede cambiar eso, se trata de la naturaleza de las cosas. Son así. Llamamos pues a eso as uniones civiles . No estamos tergiversando la realidad. Es verdad que detrás de eso se encuentra la “ideología de género”. (…) . Digamos las cosas como son : el matrimonio es un hombre con una mujer. Ese es el término preciso. Llamamos a la unión del mismo sexo: unión civil[3]”.

3. A los ojos del papa, no se puede cambiar la naturaleza de las cosas y el matrimonio es una palabra para designar la realidad natural, tal como la humanidad la ha reconocido siempre: realidad que es la de la unión de un hombre con una mujer. No se podría utilizar esa palabra para designar la unión de dos personas del mismo sexo, y ya que estamos así, utilizando las palabras, en el plano de definición de las cosas, se ve por qué, en ese mismo plano, la teoría (pues se trata de una “teoría”) del género corresponde a una ideología. Muy distinta es la cosa si nos situamos en el plano de la comprensión pastoral, donde se trata de calificar la actitud de la Iglesia respecto a las personas en el contexto de la vida en sociedad. Francisco vuelve entonces a los datos esenciales enunciados por Amoris laetitia, en su número 291: “La Iglesia se vuelve con amor hacia los que participan de su vida de manera incompleta”, así como al número siguiente: “La Iglesia no cesa de valorar los elementos constructivos en esas situaciones que no corresponden todavía o no corresponden en absoluto a su enseñanza sobre el matrimonio”. Basta decir que el plano de la realidad natural, con las definiciones que reclama, y el de la comprensión pastoral, que se refiere al orden jurídico de la vida en sociedad, pueden no superponerse y permanecer heterogéneos.

4 La novedad, pues hay una, de las recientes declaraciones del Papa, por lo que respecta al libro de 2017, es que el Papa reivindica ahora un “derecho” para la unión civil de las personas homosexuales. Hay novedad, ciertamente, en el sentido de que el Papa dice en 2020 lo que no había dicho aún en 2017. Pero la novedad sólo es aparente si uno piensa que la afirmación de 2020 era el germen (o virtualmente presenta) en los principios enunciados en 2017. El derecho a la unión civil de personas homosexuales estaba implícito en los números precitados de Amoris laetitia. Y Francisco no hace más que explicitarlo, lenta pero segura, inexorablemente, la consecuencia lógica de su propio discurso.

5. El presupuesto de tal lógica merece ser expuesto a la luz. Todo ocurre como si el orden jurídico y social de la ley humana positiva no se fundase en absoluto en la ley natural y como si el “derecho” que reconoce la ley civil pudiese “disociarse” del “derecho” que debe normalmente desprenderse de la naturaleza del hombre, hasta el punto de contradecirse con él. El Papa reconoce, en efecto, que el derecho de la Iglesia, que no reconoce como unión sexual legítima más que al matrimonio, definido como la unión de hombre y mujer, no es excluyente de otro derecho, el de la sociedad civil, donde el Estado reconoce como legítima la unión homosexual. Cualquiera que sea la intención del Papa, está claro que tal concepción del derecho corresponde, en principio, a una concepción materialista e incluso marxista, del hombre [4] . El hombre ya no es una realidad estable, en cuanto a su esencia, sino el término siempre renovado de una evolución incesante, donde el espíritu se amolda mejor que la materia. La moralidad, y con ella el orden político, no tiene otro fundamento que el hecho de esta adaptación: el hecho funda el derecho, ya que el hecho corresponde al dominio actual del hombre sobre la materia. Desde esta óptica, la libertad del espíritu no es otra cosa que la toma de conciencia de la necesidad de la evolución. La naturaleza, en el sentido que la entiende la filosofía de Aristóteles y de santo Tomás, ya no existe. O más exactamente, queda reducida a la conciencia, único elemento estable porque está sujeto a evolución.

6. Juan Pablo II, es verdad, había rechazado como tal, en 2003, el reconocimiento jurídico y legal, por parte de las autoridades civiles, de las uniones homosexuales.[5]. El argumento principal, avanzado por el Papa polaco era el siguiente: “En las uniones homosexuales, están completamente ausentes los elementos biológicos y antropológicos del matrimonio y de la familia que pudiesen basar, razonablemente, su reconocimiento jurídico. Estas uniones no están en condiciones de asegurar, de manera adecuada, la procreación y la supervivencia de la especie humana”[6]”. Añadiendo que: “La Iglesia consigna que el respeto hacia las personas homosexuales no puede, de ninguna manera, concluir en la aprobación del comportamiento homosexual o el reconocimiento jurídico de las uniones homosexuales”[7]. A pesar de eso, es necesario decirlo, el mismo Juan Pablo II creyó apropiado afirmar que la libertad religiosa “es la fuente y la síntesis”[8] de todos los demás derechos. Escribe, en efecto: “Es necesario que los pueblos que se hallan en proceso de reformar sus instituciones, den a la democracia un fundamento auténtico y sólido gracias al reconocimiento explícito de estos derechos. Entre los principales, es necesario recordar el derecho a la vida, pues forma parte integrante del derecho a crecer en el seno de su madre después de la concepción; además el derecho a vivir en una familia unida y en un clima moral favorable al desarrollo de su personalidad, (…) el derecho de fundar una familia, de acoger y educar a los niños ejerciendo de forma responsable su sexualidad. En cierto sentido, la fuente y la síntesis de estos derechos es la libertad religiosa, entendida como el derecho a vivir en la verdad de su fe y conforme a la dignidad transcendente de su persona”[9] . ¿No se trataba pues, de introducir la cuña que debería, pasado el tiempo, y más allá de la reprobación de 2003, terminar en 2017 y más tarde en 2020, con la reivindicación del derecho legal a la unión civil de parejas homosexuales? .

7.Así pues, es innegable que defendiendo el principio de la libertad religiosa, Roma ha, de hecho, promovido una sociedad que, dando igualdad a todas las opiniones, debía permanecer neutra. Ella ha renunciado al Estado confesional católico, no sólo en la práctica y a corto plazo, sino como principio. Por todo lo dicho, se ha dejado libre el paso a una legislación que, ignorante de Dios, no pueda ya encontrar el modo de justificar la referencia exclusiva a la ley natural. No cabe pues extrañarse que los gobernantes civiles, por el hecho de que organizan la sociedad sin tener en cuenta a Dios, también la organicen sin tener en cuenta la naturaleza. Por el mismo Concilio Vaticano II, la conciencia queda liberada de toda restricción proveniente de los poderes públicos en el plano de la sociedad. El matrimonio y las uniones civiles pueden coexistir pacíficamente, en sus justos límites, que ya no son ni los de la fe ni los de la moral. En este punto, la política ya no está en continuidad con la naturaleza. Cualesquiera que sean las leyes naturales y las definiciones necesarias que ellas implican, la nueva doctrina social de la Iglesia es resueltamente personalista: la actitud hacia las personas no proviene ya de los principios de la naturaleza. Se puede rechazar perfectamente la teoría de género, precisamente en tanto que teoría, como contraria a las realidades naturales, pero la práctica se encarga de aceptar lo que la teoría rechaza.

Padre Jean Michel Gleize

Traducción: Duque de las Llaves. Artículo original

 1  Pape François, Rencontres avec Dominique Wolton. Politique et société, Editions de l’Observatoire/Humensis, 2017.

2. Cf. l’article « Propos de table » dans le numéro de septembre 2017 du Courrier de Rome, au n° 8-11.

3. Pape François, Rencontres avec Dominique Wolton, p. 321-322.

4. Ce point est mis en lumière par le livre de Grégor Puppinck, Les droits de l’homme dénaturé, Cerf, 2018.

5. Congrégation pour la Doctrine de la Foi, «  Considérations à propos des projets de reconnaissance juridique des unions entre personnes homosexuelles » du 3 juin 2003 dans Acta Apostolicae Sedis, t. XCVI (2004), p. 41.

6. Ibidem, n° 7.

7. Ibidem, n° 11.

8. Jean-Paul II, Centesimus annus, 1er mai 1991, n°47 dans Acta Apostolicae Sedis, t. LXXXIII (1991), p. 851-852.

9. Traduction de la Documentation catholique, n° 2029, p. 542.


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