ALGUNAS PRECISIONES para restablecer la verdad sobre la situación del monastero Maria Tempio dello Spirito Santo de Pienza
6 de febrero de 2023
Disposiciones canónicas
Esta segunda parte de mi intervención en defensa de las monjas de Pienza, tras la primera, dedicada a la sucesión de los acontecimientos (aquí), y una tercera de próxima publicación sobre las iniciativas que se pueden tomar, trata de las disposiciones canónicas dictadas por la Santa Sede con la colaboración de la diócesis de Chiusi-Pienza-Moltepulciano y de la federación picena de la orden benedictina. Estas observaciones se basan en documentos oficiales entregados a las monjas que han llegado a conocimiento de terceros, así como en testimonios unánimes de las religiosas y a en pruebas que han conservado (como por ejemplo conversaciones en WhatsApp).
En la primera parte puse de manifiesto los motivos que llevaron a las jóvenes monjas a Pienza y la sucesión cronológica de los hechos a partir de su instalación en el ex Seminario de Verano, que sigue inactivo. Me refiero al periodo comprendido entre agosto de 2017 (cuando llegaron las religiosas a la diócesis) y las últimas disposiciones adoptadas en febrero de este año.
I. Primera anomalía
Como ya recordé en la entrega anterior, la primera anomalía que encontramos en el caso del monasterio María Templo del Espíritu Santo se remonta a la institución canónica por parte del entonces arzobispo monseñor Stefano Manetti, gracias al cual en febrero de 2019 obtuvieron la condición sui juris –es decir, con dependencia directa de la Santa Sede– a pesar de no habérseles dado la propiedad del inmueble ni garantizado medios de subsistencia, probablemente porque se esperaba que se pudiera resolver más adelante una situación que consideraba provisional y de la que se había declarado garante para con las monjas.
El traslado de monseñor Manetti a la diócesis de Fiésole y el nombramiento del cardenal Augusto Paolo Lojudice para Pienza –que entró en vigor el 21 de julio de 2022 pero ya se había comunicado de forma extraoficial el mes anterior de abril– altera drásticamente la situación, obligando a monseñor Manetti a tratar de corregir apresuradamente aquel forzamiento de las normas canónicas que sin duda suscitaría dudas en su sucesor. No olvidemos que el vínculo entre Manetti y Lojudice está en don Antonio Canestri, ex rector del Seminario (cuyo inmueble fue asignado posterioremente al monasterio), nombrado más tarde Vicario General por Manetti y confirmado por Lojudice, del que es amigo de larga data.
No está de más decir que el nombramiento del cardenal Lojudice como ordinario de Pienza se hizo in persona episcopi, es decir encomendándole personalmente la diócesis de Montepulciano-Chiusi-Pienza, junto con aquella de la que ya era arzobispo, o sea la archidióceis de Siena-Colle Val d’Elsa-Montalcino. Dicho nombramiento in persona episcopi no habría sido posible sin el traslado de Manetti a Fiésole.
La solución más directa conforme al Derecho Canónico habría consistido en asignar definitivamente el inmueble del Seminario al monasterio con un contrato de comodato por varias décadas, o bien un edificio análogo que estuviese disponible y listo para ser ocupado. Así tendría que haber sido desde el principio. En vez de tomar la vía del sentido común sin crear más problemas a las monjas, monseñor Manetti trata de convencerlas para que se vayan, y lo hace de una manera extraoficial, sin dejar nada por escrito en ningún momento, y les anuncia que aquel sería su lugar de destino en cuanto el nuevo obispo ocupara la sede.
II. Notificación de la visita apostólica
Dado que mediante la visita apostólica el Romano Pontífice pone por obra la jurisdicción suprema e inmediata que le corresponde por toda parte o fracción de la Iglesia, es necesario con todo precisar que dicho instrumento de inspección siempre reviste carácter extraordinario, y es motivado por circunstancias generalmente graves que se indican en el breve por el que se nombra a los visitadores. Al destinatario de la visita se le garantiza el derecho de conocer el motivo por el que es sometido a una inspección por parte de la Santa Sede y cuáles son las facultades asignadas a los visitadores en el documento mencionado.
La notificación del cardenal Braz de Aviz, prefecto del Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica, tiene la fecha del 14 de septiembre de 2022 y el número de protocolo 27887/2014. No se indica el motivo de la visita, si bien se detalla que está relacionada con «la dirección y la vida de la comunidad y de las religiosas en particular, así como su formación inicial y permanente, el futuro y la gestión económica del convento». Se adjunta una copia del decreto de nombramiento de los visitadores: el abad Don Giordano Rota y la abadesa, madre Roberta Lanfredini, igualmente fechada el 14 de septiembre y con el protocolo nº 23356/2017.
Estas comunicaciones del Dicasterio no son, sin embargo, enviadas en ningún momento la monasterio, y hasta el 1º de noviembre de 2022 las monjas no se enteran, por medio de una llamada telefónica del visitador, de que dos días después lo recibirían (aunque, sin embargo, se presentó al día siguiente), después de que el pasado 11 de octubre ya se hubiera presentado sin previo aviso en Pienza con la visitadora y el cardenal Lojudice mientras las monjas asistían a un retiro en otra localidad. La entrega del documento del Vaticano tiene lugar durante la propia visita y, ante la insistencia de la abadesa, un mes y medio después de su promulgación, de un modo totalmente irregular y sin que especifiquen claramente las razones que motivan la visita.
Como vimos en la primera parte, el cardenal Lojudice, interpelado por la abadesa para saber si estaba al corriente de la visita, primeramente niega y más tarde da su brazo a torcer y reconoce que acompañó a las visitadoras el 11 de octubre. De ese modo confirma que está al tanto de lo que se cocinaba en Roma.
Por todo lo trascendido hasta ahora es evidente que, contraviniendo toda norma jurídica y la caridad que debe distinguir a toda medida disciplinaria aplicada por los pastores, se ha hecho adrede todo lo posible por que la visita resulte lo más traumática posible, ocultando el motivo de la misma, llevando a cabo de un modo intimidatorio los interrogatorios a las religiosas, buscando pretextos ridículos como la orientación del altar o la venta de mermelada, no respetando la intimidad de las monjas, imposibilitando que conozcan las acusaciones de las que les imputan e incluso omitiendo decirles el resultado de la visita.
III- Cómo se les comunicaron los resultados de la visita
Con fecha 30 de enero de 2023, el Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada promulga cuatro decretos firmados por monseñor José Rodríguez Carballo, secretario del mencionado dicasterio, los cuales se identifican por un mismo número de protocolo, el 27887/2014, lo cual parece además erróneo, y cronológicamente alude al año 2014. Lo cierto es que la orden de nombramiento de los visitadores contiene igualmente un número anómalo: 36356/2017, por lo que parece que hubiera sido dado en 2017. ¿Habrá sido un simple despiste?
La primera disposición manda que el monasterio se integre «en la Federación Picena de las monjas benedictinas de Italia; la segunda encomienda el gobierno del convento a la presidenta de la federación y al consejo de la mencionada federación por un tiempo; la tercera, ordena la exclaustración durante tres años de la abadesa, madre Diletta, intimándola a abandonar el monasterio en el plazo de una semana a partir del momento en que reciba la notificación. La cuarta impone a la priora, sor Margherita della Annuciazione, el traslado durante un año al monasterio de Bose en un plazo de una semana a partir del momento en que se reciba la notificación. A efectos prácticos, por la primera disposición las religiosas quedan a la merced de la Federación y pierden por tanto toda esperanza de mantener su carisma tradicional; y la segunda impone una abadesa, la madre Vacca, para que ejecute las órdenes vaticanas.
La exclaustración de la madre Diletta, tras veintiún años de vida monacal, es una disposición sumamente severa por falta de motivos graves, que la deja en la calle durante tres años sin garantías para su identidad religiosa, así como sin medios de subsistencia, y deja su futuro en la incertidumbre. Nos podemos hacer una idea de cómo se puede sentir una monja de clausura expulsada sin razón y castigada sin poderse defender, y viéndose obligada a volver a vivir en el mundo que decidió abandonar para seguir su vocación contemplativa. La crueldad de semejante medida pone los pelos de punta, sobre todo si pensamos que los cortesanos de Santa Marta no se avergüenzan de celebrar a Bergoglio como el papa de la ternura y de tildar de rígidos a cuantos denuncian la deriva doctrinal y moral en que ha sumido a la Iglesia de Cristo.
Igual de absurdo es enviar a la priora a Bose, en lo que parece una condena a la reeducación de la monja integrándola en una comunidad mixta, notoriamente acatólica, ecuménica y ultraprogresista en la que le será imposible encontrar serenidad y seguir su vocación. Esto nos ayuda a entender cómo desde los acuerdos (secretos) entre la Santa Sede y el régimen comunista de Pekín, el silencio de la Iglesia ante las violaciones de los derechos humanos en China venga acompañado de la adopción por parte de la jerarquía bergogliana de los métodos de reprogramación a los que son sometidos los opositores a la dictadura de Xi Jinping.
A pesar de que las mencionadas disposiciones están fechadas el 30 de enero de este año, fueron entregadas brevi manu a las religiosas el 13 de febrero por dos sacerdotes (el P. Raffaele Mennitti, encargado de pastoral vocacional e institutos de vida religiosa de la diócesis de Montepulciano-Chiusi-Pienza, y Paolo Mancini, sedicente secretario del cardenal Lojudice. La entrega se efectuó faltando a la obligación de confidencialidad e informando a toda la comunidad de las medidas tomadas con la abadesa y la priora (canon 220).
Los dos sacerdotes piden a las monjas que firmen un recibo, pero no les dan la copia que les corresponde (canon 37) ni dicen en ningún momento qué autoridad tienen para notificar y ejecutar las disposiciones.
Otra anomalía: las disposiciones entregadas llevan, en lugar del sello del dicasterio romano, el de la diócesis de Montepulciano-Chiusi-Piensa, con fecha 9 de febrero de 2023 y un número adicional de protocolo: 0.3.Q.54. No sé por qué motivo las disposiciones de la Santa Sede son enviadas a la diócesis en lugar de directamente al monasterio, dado que éste no está sujeto a la jurisdicción del ordinario. Tampoco se sabe cómo es que se ponen en conocimiento de terceros, violando con ello el deber de discreción que salvaguarda el derecho a la buena fama de las instituciones y entidades eclesiásticas.
Estas graves lagunas hacen que el decreto resulte arbitrario, falto de todo fundamento y por tanto nulo de pleno derecho (cf. canon 51), además de por la consiguiente y obvia ausencia de exposición de los graves motivos que habrían llevado al dicasterio a destituir a la abadesa y la priora, que habían sido elegidas legítimamente.
Que no se les hayan explicitado a las religiosas las razones concretas y los resultados de la visita apostólica en el informe final es una grave vulneración de su derecho personal e intangible de defensa. Por otra parte, el hecho de no haber recibido ninguna noticia ni observación de los visitadores, unido al prolongado silencio de éstos –desde principios de noviembre de 2022 a febrero de 2023–, indujo a las monjas a creer que la visita no había encontrado motivos que justificasen las severísimas medidas que de modo sorprendente e inesperado fueron adoptadas más tarde.
Por si esto fuera poco, con la primera disposición el dicasterio ha ordenado la adscripción del monasterio a la Federación Picena (es decir, que se integre a ésta); mediante la segunda, encomienda la dirección del monasterio a la presidenta de la federación, madre Vacca, y al consejo pro tempore de la propia federación. Como el consejo presidido por la madre Diletta no ha sido declarado extinto, es imposible consignar el gobierno del convento a terceros, dado que siguen siendo las titulares.
Y hay más: a diferencia de la afiliación, que supondría la eliminación del monasterio, con su condición sui juris, la adscripción a la federación no supone de por sí la extinción de las superioras ni tampoco encomendar la dirección del convento a personas ajenas al mismo. No parece que se puedan aplicar los artículos 57 y 59 de la instrucción Cor orans, citada por el dicasterio en la segunda disposición, porque el artículo 54 de dicha instrucción aplicativa la constitución apostólica Vultum Dei quaere habla de la afiliación y no la adscripción, y precisa lo siguiente: «La afiliación es una forma especial de ayuda que la Santa Sede establece en situaciones particulares a favor de la comunidad de un monasterio sui iuris que presenta una autonomía sólo aparente, pero en realidad muy precaria o, de hecho, inexistente». La autonomía del monasterio María Templo de Espíritu Santo no es «sólo aparente» ,«precaria» o «inexistente», y tampoco se pueden alegar las irregularidades debidas a monseñor Mannetti y que él mismo se había comprometido a solucionar, porque ya existían en el momento de la institución canónica. En todo caso, ni con motivo de la visita ni después se ha impugnado a las monjas la autonomía del convento. Y tampoco habría sido posible hacerlo, porque la falta de inmueble en propiedad no es imputable a las religiosas, ni ha surgido después ninguna circunstancia que pueda alterar la situación. Es más, constituye una verdadera anomalía que a una comunidad de trece jóvenes monjas se la considere incapaz de ser autónoma cuando la mayor parte de las comunidades religiosas de Italia y de casi todos los países tienen muchas menos monjas.
La afiliación se entiende como una ayuda a una comunidad que, por su número exiguo de monjas, por su avanzada edad y por la dificultad objetiva de gestionar su monasterio serían ayudadas por otros monasterios federados para que otras hermanas cuidasen de ellas y se ocuparan de las cargas más grandes. No es, ni puede ser, un instrumento para intervenir una comunidad de monjas jóvenes por el simple hecho de que su opción legítima en cuestiones de liturgia o de vida religiosa no agraden a sus superiores, notoriamente progresistas y opuestos a toda forma de vida contemplativa y de catolicismo tradicional.
En la segunda disposición, el dicasterio cita el apartado 57 de Cor orans, que dispone lo siguiente: «Con la afiliación, la Santa Sede suspende el status de monasterio autónomo, haciéndolo donec aliter provideatur casa dependiente de otro monasterio autónomo del mismo Instituto o de la Federación, según lo establecido en la presente Instrucción y en otras posibles disposiciones a este respecto dadas por la misma Santa Sede». La norma que se invoca para justificar la medida hace que el monasterio afiliado sea «dependiente de otro monasterio autónomo (…) o de la Federación», pero la presidenta y el consejo federal pro tempore no son un monasterio, como tampoco son la federación. Y aunque el artículo 58 habla explícitamente de la superiora mayor, en la disposición de Roma no aparece mencionada. Por consiguiente, encomendar la dirección de un convento a la presidenta de la federación y a su consejo no tiene el menos fundamento normativo; más bien tiene las características de un abuso de autoridad que no tiene en cuenta las formas necesarias y elementales de garantizar validez y eficacia a los actos jurídicos.
Hay que poner de relieve otra incoherencia: para empezar, los propios monasterios de las madres Daniela Vacca y Roberta Lanfredini –que tienen escasísimas religiosas– no han obedecido las disposiciones de Cor orans. En sustancia, la visitadora y la presidenta de la federación no cumplen en en sus monasterios lo que recriminan a las monjas de Pienza. La paradoja está en querer destituir a una abadesa, la madre Diletta, con el pretexto no haber incorporado su convento a la federación, para sustituirla por la madre Vacca, que pertenece a un monasterio que no se ajusta a las exigencias de Cor orans. Téngase en cuenta que la visitadora, madre Lanfredini, procede igualmente de un monasterio que no ha acatado las disposiciones de Cor orans.
Las disposiciones impugnadas por las monjas contienen graves lagunas, tanto en lo relativo al fundamento jurídico como al modo en que están expuestas. Aparte la falta de motivos y de referencias normativas, no se indican las maneras en que las destinatarias de las disposiciones pueden impugnarlas, lo cual hace que, injustamente, sean de ejecución inmediata, creando una palmaria presión intimidatoria.
Es además desconcertante que los medios adoptados por esos eclesiásticos reflejen significativamente los empleados por instituciones supranacionales para obligar a los gobiernos de los países adheridos al Foro Económico Mundial a plegarse a la Agenda 2030: al método de la coacción económica (si no legalizan el matrimonio homosexual, no les concederemos la financiación que necesitan) se añade el recurso a modalidades al estilo de las revoluciones de colores fomentadas por George Soros para imponer un cambio de régimen e imponer un presidente que agrade al sistema. Lo han hecho en Ucrania, y están tratando de hacerlo en Moldavia, Bielorrusia y Hungría; al mismo tiempo, los cortesanos de Bergoglio hacen lo propio para sustituir a los superiores de las comunidades religiosas que no les gustan o a los obispos de sus diócesis que no se adecuen a los nuevos rumbos.
IV. Aqua et igni interdictio
En vano se puede buscar el menor rastro de, no digo caridad cristiana, sino siquiera de humanidad en este asunto. A los abusos e irregularidades formales y sustanciales hay que añadir una serie de elementos cuya valoración contribuye a formar un cuadro como mínimo alarmante sobre la desastrosa situación en que se encuentra el Vaticano, dramáticamente degenerada en los últimos diez años. Los emisarios de la Santa Sede han llegado a aplicar métodos persecutorios y pesadamente punitivos, que en la antigua Roma estaban reservados para quienes hubieran perdido la ciudadanía por haber cometido un crimen gravísimo. Entre dichos castigos estaba la aqua et igni interdictio, o sea la privación de todos sustento y ayuda por parte de los demás ciudadanos romanos, con lo que el culpable se veía obligado al exilio.
La aqua et igni interdictio se ha concretado en dos frentes. El primero es la revocación de la autorización para el uso de las cuentas bancarias a petición de la que afirma ser la nueva representante legal, la madre Vacca, sin haberse informado previamente de ello a la abadesa, madre Diletta. Esto no habría sido posible sin la complicidad y connivencia de los empleados de la oficina de Montepulciano del banco Intesa San Paolo. La revocación de la autorización agrega a las ya de por sí graves irregularidades de estas actuaciones la privación de medios de sustento diario para las monjas, con clara intención intimidatoria por no decir de chantaje. Para más inri, téngase en cuenta que la madre Vacca, en una comunicación de hecho amenazante que envió a las monjas el pasado 14 de febrero, declaró haber asumido también la representación legal del monasterio a efectos civiles con fecha 3 de febrero, es decir diez días antes de la primera notificación. Lo cual no sólo supone una enésima infracción de la ley, sino que demuestra además una voluntad persecutoria totalmente injustificaday gravemente lesiva de los derechos de las monjaspor parte del dicasterio, en la que no falta el recurso a viles estratagemas para impedir a las religiosas que se protejan, como confiscarles por un tiempo sus ahorros.
La segunda forma de aqua et igni interdictio se concretó en la comunicación dirigida a todos los medios de información en los que la Diócesis declaraba: «Por la presente se hace saber que no está en modo alguno permitido transferir donativos a cuentas del monasterio ni legaciones testamentarias a personas físicas del mismo». De este modo las religiosas, privadas de utilizar la cuenta corriente en la que han ingresado sus ahorros –no menos de seis mil euros para trece monjas– se ven privadas por la misericordiosa intervención no firmada de la Curia de Pienza de recurrir siquiera a la caridad de los fieles. Si pensamos que el limosnero pontificio, cardenal Krajewski –conocido como don Corrado– fue en persona a reconectar los contadores eléctricos de un edificio okupado abusivamente por un centro social de extrema izquierda (aquí) ofreciéndose a pagar las facturas atrasadas (cosa que luego no hizo), nos podemos hacer una idea de hasta qué extremos se ha invertido la jerarquía de valores tan cacareados por la corte de Bergoglio.
No hace falta recordar que la Diócesis carece de autoridad para prohibir que el monasterio recaude dinero; nadie puede impedir que los fieles hagan libremente donativos. Vale la pena poner en evidencia la despiadada dureza de esos eclesiásticos, para los que el prójimo es el inmigrante clandestino, el transexual, el anarcoextremista, pero no quien profesa la Fe católica, ya se trate de un sacerdote, una religiosa o un fiel de a pie. Semejante disparidad de tratamiento revela una actitud ideológica nefasta que contradice el Evangelio y demuestra cómo son realmente quienes la promueven.
Para que se entienda la disparidad entre el tratamiento reservado a las monjas en cuestión y los verdaderos casos de grave escándalo, añadiré una noticia recentísima: el jesuita Marko Rupnik, conocido por haber estropeado numerosas iglesias con sus horribles mosaicos, condenado por delitos gravísimos –entre ellos abusos sexuales a decenas de monjas y de muchachos, además de violar el secreto de confesión– ha visto levantada su excomunión por parte de Bergoglio (¡para que luego hablen de lucha contra la corrupción en la Iglesia!). Algunas religiosas se habían dirigido al jesuita Hans Zollner para denunciar los abusos sufridos sin que éste les hiciera caso. Pues bien, el pasado 2 de marzo el Cardenal Vicario Angelo de Donatis lo nombró consultor para la tutela de menores de la diócesis de Roma (aquí). Ya nos podemos imaginar la eficacia con que actuará para defender a las víctimas de los pervertidos que infestan las instituciones católicas. Y si para los fariseos de Roma la abadesa madre Diletta merece ser exclaustrada sin que se le diga siquiera por qué, sépase que Rupnik ni siquiera ha sido apartado del Centro Aletti. Para que se vea la hipocresía que reina desde hace diez años tras las Murallas Leoninas.
V. Las monjas presentan recurso
Debido a lo que hemos expuesto hasta ahora, las religiosas han elevado una remonstratio formal al Dicasterio para la Vida Religiosa solicitando la revocación integral de las disposiciones y acceso a todos los actos jurídicos, entre ellos los que envió en su día monseñor Manetti a Roma para la institución canónica del monasterio. Las monjas piden asimismo que se aclare la discrepancia de los números de protocoloiguales para documentos diferentes.
La ley de la Iglesia reconoce a los destinatarios de un requerimiento el derecho a recurrir, y prevé asimismo la suspensión de la ejecución del propio requerimiento mientras el órgano judicial examina las alegaciones de la parte recurrente. El dicasterio romano tendrá por tanto que responder de las excepciones aplicadas al convento de Pienza, tanto de índole formal como sustancial, y suministrarles la documentación para que puedan hacer uso de su derecho a la defensa.
Está claro que cuando hay un recurso pendiente se suspende la ejecución del actocontra el que se recurre. Esto significa que las dos emisarias del dicasterio y sus celosos acompañantes no tienen la menor autoridad para acceder al convento y expulsar a la abadesa y la priora.
VI. El acto de notificación y requerimiento
El pasado 24 de febrero la agencia noticiosa ANSA (aquí) dio a conocer un notificación formal a las monjas de la diócesis de Montepulciano-Chiusi-Pienza y la Federación Picena. Este acto de notificación y requerimiento, redactado por el abogado Alessandro Pasquazi; fue publicado más tarde en el portal de la diócesis (aquí), y por dicho acto se intima a las religiosas a cumplir los decretos de la Santa Sede.
Lo surrealista es que dicha notificación no se les ha hecho llegar en ningún momento a las monjas, sino que por el contrario se ha enviado a los medios de prensa, incumpliendo entre otras cosas el deber de reserva que tienen que mantener tanto la diócesis como la Federación Picena.
En el documento no se hace mención alguna del recurso legítimamente presentado por las monjas a los decretos vaticanos, pero se les reprocha haber fomentado «un debate indebido en la prensa», cuando la realidad desmiente tal acusación, válida por el contrario para la diócesis, responsable de haber divulgado el requerimiento sin que las religiosas hubiesen recibido notificación alguna, y a día de hoy todavía no la han recibido. Es desde luego desconcertante que los redactores de esos gritos de manzoniano recuerdo intenten insinuar sospechas de que la abadesa y la priora son las únicas agitadoras de la revuelta, cuando todas las hermanas de la comunidad están muy unidas y hacen piña en esta escandalosa situación oponiéndose a la conculcación de sus derechos. Yo me pregunto cuál es la misión que quiere Bergoglio que desempeñen las mujeres en la Iglesia. ¿Sufrir en silencio las malversaciones de una autoridad tiránica sin poderse defender, en aras de un distorsionado concepto de obediencia que sólo vale para quien sea fiel a su vocación, mientras los religiosos y sacerdotes corruptos, herejes y fornicarios pueden actuar tranquilamente seguros de su impunidad?
La intimación final del abogado Pasquazi debería valer ante todo para sus clientes: «No se permitirán reconstrucciones sesgadas y engañosas del complejo caso que ha dado lugar a una decisión por parte de la Santa Sede», y más teniendo en cuenta que las «reconstrucciones sesgadas y engañosas» son fruto de los comunicados de la diócesis y la federación y de las numerosas cuestiones críticas contenidas en los decretos del dicasterio vaticano.
VII. Infracción de las normas concordatarias
La incursión del pasado 17 de febrero por parte de la madre Vacca y la madre Di Marzio en compañía de un laico (el viceecónomo de la diócesis de Montepulciano) y otras personas tuvo lugar en presencia del comisario de la jefatura local de carabineros y otros dos agentes del cuerpo policial. No se sabe por qué razón intervinieron los tres policías ni quién los llamó, aunque salta a la vista que no fueron las monjas.
Como destaqué en la primera parte, esta participación del brazo secular desmiente la presunta voluntad de conciliación de la diócesis y del dicasterio, según los cuales la reacción de las religiosas habría sido consecuencia de un lamentable malentendido. Se manifiesta también en su clara intención intimidatoria, también relacionada con la sucesiva labor de investigación realizada posteriormente por los carabineros, que citaron a los familiares de las monjas –como han atestiguado algunos de ellos– para interrogarles sobre la gestión del convento con vistas a sacar a la luz una inexistente y absurda manipulación de las religiosas por parte de la abadesa y la priora.
Por lo que me ha referido la madre de una monja, citada por los carabineros de Ancona el pasado 28 de febrero, las preguntas que les hicieron durante un interrogatorio apremiante y traumático eran del siguiente tenor: ¿Le permiten visitar a su hija? ¿Cada cuánto tiempo? ¿Ha observado que esté triste o preocupada? ¿Se queja de como vive o le ha confirmado la existencias de problemas en el convento? ¿Quién está a cargo del teléfono en el convento? ¿Se le permite a su hija mandar mensajes teléfonicos y usar WhatsApp, además de hacer llamadas?
Los carabineros, careciendo de órdenes para hacerlo, presionaron también a la madre de la monja para que les mostrase el registro de llamadas de su teléfono móvil. Es de destacar que a ninguna de las personas citadas por los carabineros se le entregó una copia de la transcripción del interrogatorio, a pesar de haberlo pedido. Esto también es totalmente inconcebible y censurable jurídicamente.
Sorprende el comportamiento de los carabineros, que realizaron el interrogatorio sin respetar las recientes modificaciones del Código de Procedimiento Penal que exige que se informe al interrogado de que se puede grabar el interrogatorio si así lo desea. El tratamiento infligido a los familiares de las monjas será evaluado en su momento por abogados para tomar medidas posteriores.
Hay que precisar por otro lado que en los monasterios y casas religiosas fieles a una regla y un carisma es una disciplina habitual limitar o evitar el uso de internet, así como reglamentar las relaciones con el mundo exterior.
Me parece evidente que alguien hizo creer a propósito a los carabineros que se encontraban ante una secta manipuladora de mentes. Pero las mismas acusaciones que según la prensa se habrían dirigido a las religiosas de dedicar demasiado tiempo a internet –teniendo además su propia página web, como casi todas las comunidades religiosas– contradicen esa supuesta incomunicación con el mundo exterior.
En todo caso, el abogado de las monjas averiguará quién solicitó la intervención de los carabineros sugiriendo la posibilidad de una manipulación psicológica de las religiosas, y pedirá cuentas a quien corresponda, tanto si el soplo vino de la Curia como de una intervención a un nivel más alto, como podría ser la Secretaría de Estado del Ministerio del Interior. Porque, de ser así, el peligro de un autoritarismo manipulador por parte de la abadesa habría tenido que declararse en los motivos de la visita y en el informe final, lo cual no parece lógico precisamente por la deliberada ausencia de motivos, incumpliendo todo lo prescrito por el derecho canónico.
Como mínimo, parece un despropósito que la Santa Sede, tan comprometida de palabra a distanciarse del poder temporal y tan ardiente defensora de la separación entre Iglesia y Estado, no vacile en lanzar a las fuerzas de orden publica contra trece monjitas que no han cometido otro mal que querer ser fieles a su carisma benedictino —ora et labora— para que, por si no fuera suficiente haber tenido que soportar primero las intromisiones de Kilko Argüello, sufrieran luego las económicamente interesadas de la Curia y hasta las ideológicamente orientadas desde el Vaticano.
Esta intervención del brazo secular supone además una gravísima violación de las normas concordatarias, y sienta un peligroso precedente que se sumará a lo ya vergonzosamente sucedido durante la farsa pandémica cuando irrumpían en los templos y obligaban al celebrante a interrumpir la Misa alegando como excusa las delirantes normas sanitarias entonces en vigor. En este caso de Pienza, el precedente está en que las autoridades civiles intervengan haciendo uso de la fuerza para llevar a cabo disposiciones de las autoridades eclesiásticas, vulnerando con ello la independencia de ambos poderes en que se funda el Concordato.
Otro elemento que conviene destacar es que el cuerpo de carabineros se haya prestado a esta operación enteramente forzada sin darse cuenta de que estaba colaborando con un abuso ilegítimo de autoridad por parte de las autoridades eclesiásticas, injustificado además por el recurso pendiente ante el dicasterio, así como por no haberse notificado a los interesados. Quien no esté familiarizado con el derecho canónico se hará una idea de la gravedad del caso pensando que podría compararse con lo que sería la pretensión por parte de las fuerzas del orden de proceder a la confiscación de un inmueble o a la detención de una persona sin mostrar una orden emanada por un juez. Sea como sea, algunos carabineros manifestaron su incomodidad y desagrado por verse metidos en semejante operación.
VIII. Más detalles desconcertantes: el centro de acogida
Justo cuando me disponía a publicar esta segunda parte de mi intervención, La Reppublica publicó dos noticias con más datos que confirman que las medidas adoptadas por la Santa Sede y sus enviados estaban fundadas en pretextos.
La primera, divulgada el 2 de marzo (aquí) arroja luz sobre las intenciones de la diócesis de hacerse con el inmueble del ex seminario actualmente utilizado por las monjas. Según dice La Reppublica,el monasterio «podría convertirse dentro de poco en un centro de acogida para inmigrantes y refugiados políticos, cuyo número ya sobrepasa también en la región de Siena al de instalaciones para recibirlos. Con las mismas monjas si están disponibles para echar una mano. Sería un uso totalmente ajustado a la Iglesia de los pobres tan grata al papa Francisco, y con el carisma episcopal de Augusto Paolo Lojudice, arzobispo de Siena desde 2009 y encargado desde el pasado septiembre de la diócesis de Montepulciano-Chiusi-Pienza, y un gran compromiso a sus espaldas en las periferias romanas.
Parece que la sospecha de especulación inmobiliaria –sospecha por entero razonable, en vista del comportamiento de los protagonistas de este asunto– pierde consistencia siendo más probable una operación de propaganda ideológica: la Iglesia de los pobres querría acoger a refugiados políticos e inmigrantes en el centro de la Toscana, en un pueblo de dos mil almas del valle de Orcia que vive del turismo. No quiero ni pensar cuál será la reacción de los habitantes a esta demagógica decisión del cardenal Lojudice, que, creyendo que nadie lo puede atacar en el frente mediático revelando sus intenciones inclusivas, se verá enfrentado a toda Pienza, legítimamete preocupada por las consecuencias de tan imprudente decisión. No es ningún misterio que los centros de acogida suponen problemas de orden público y de manejo de los acogidos, como invariablemente han demostrado casi todos los casos análogos. Entonces los carabineros tendrán otro problema de que ocuparse aparte los interrogatorios a los familiares de las monjas.
Dice el mismo artículo que el decreto del dicasterio sería secreto pontificio. Esta afirmación no sólo es falsa, ¡sino que ni siquiera es posible! ¿Cómo van a defenderse las religiosas de acusaciones nunca explicitadas ni les han sido notificadas y que, según La Reppublica, serían secretas?
Afirma también el mencionado diario que las monjas serían «trasladadas a Holanda, alejándolas por su poco alineado carisma», cuando su traslado al extranjero ha sido acordado por Kiko y el obispo de Amsterdam para abrir una nueva comunidad, y la decisión de las monjas de abandonar aquel monasterio la tomaron para sustraerse a la interferencia de los dirigentes del Camino Neocatecumenal. No hay, en resumidas cuentas, antecedentes de traslados o expulsiones de naturaleza punitiva, sino un doloroso testimonio de coherencia por el que cuanto más se acercaban las monjas a la Tradición, más se fijaban en ellas sus superiores eclesiásticos.
Y mientras descubrimos por la prensa que el convento se convertirá en un centro de acogida, para alegría de los habitantes de Pienza (y supongo que también de la comisaría de la localidad), no podemos menos que señalar que, en el los delirios pauperistas de Lojudice, no se ha tenido en cuenta el carisma benedictino de vida de clausura de las religiosas y se ha decidido motu proprio convertirlas en asistentas sociales. Y eso no es todo; la mera prudencia desaconsejaría juntar a monjas jóvenes con inmigrantes y refugiados políticos que por su religión y cultura podrían causar serios problemas. Pero tal vez sea esa la idea: hacer a las religiosas una propuesta en apariencia conciliadora pero que les resulte totalmente incompatible con su carisma para obligarlas a irse de Pienza. Y si ello coincide con las legítimas protestas de los pientinos contra la apertura del centro de acogida, en ese momento la venta del inmueble sería probablemente preferible y deseable. No se puede negar: el edificio del ex seminario resulta rentable tanto si se convierte en un centro de acogida como si se vende o arrienda a terceros, mientras que por el momento no rinde beneficio alguno. Las trece monjas y la misión sobrenatural de las oraciones que prodigan a la Iglesia no les importan nada a esos miserable funcionarios grises.
El segundo artículo, que se publicó el 5 de marzo (aquí) con el sello de la agencia ANSA, revela noticias desconcertantes sobre una investigación de la Procuraduría para la cual los carabineros estarían recogiendo testimonios. De ser cierto, tanto a la diócesis como a la Federación Picena les costará demostrar la legitimidad de unos actos no notificados y pretender que se cumplan unos decretos que, por haber sido recurridos, la ley manda que se suspendan. Digamos que esta noticia, astutamente difundida por la agencia ANSA, contribuye a hinchar el caso para intimidar a las monjas e intimidarlas y agotarlas psicológicamente.
Lo que por el contrario resulta interesante es que ese artículo también resalta las intenciones de Lojudice de «transformar el convento de Pienza en un centro para refugiados» (,,,) «si las monjas quisieran colaborar para que no se clausure el monasterio y las secularicen». Un chantaje en toda regla: primero se sientan las bases para agravar una situación hasta ahora normal; y luego, ante la legítima reacción de las monjas, se les asegura que no tendrán que irse, para luego descubrir que su destino –al que Reppublica llama con ligereza echar una mano, hace la respuesta inaceptable y las obliga a rechazarla, quedando así como desobedientes y rebeldes.
Si la dirección de un periódico prometiese a todos sus periodistas que no los va a despedir pero los destinara a trabajar de meros oficinistas o en labores de limpieza, ¿sería eso echar una mano? Y sobre todo, ¿soportarían sin decir nada quedar como unos insubordinados mientras fingen hacer el trabajo para el que los han contratado? ¿Tolerarían que se enfangase su reputación con acusaciones infundadas e insinuaciones que ponen en duda su profesionalidad o su honradez? Si la dirección les pidiese que dejaran de ser periodistas pero sin despedirlos, ¿no les parecería esa propuesta de echar una mano una provocación y un chantaje? Tal vez muchos de los que informan acríticamente el guion de la diócesis y la federación deberían hacerse estas preguntas, y entender que tras esta sórdida cuestión hay personas de carne y hueso, muchachas que en un mundo materialista e inmoral han decidido ofrecer su vida dedicándola a la oración y han visto arruinado su futuro sin haber hecho mal alguno a nadie. Todo ello en un contexto eclesial objetivamente trastornado en el que las comunidades fieles a la Tradición son perseguidas mientras que quienes son culpables de graves desviaciones doctrinales o morales –ya se ha perdido la cuenta– son tolerados o incluso fomentados y protegidos.
Quede claro que la asistencia a los pobres y necesitados siempre ha sido uno de los ámbitos en que actúa la Iglesia y las órdenes religiosas, además de una obra de misericordia. Lo que es moralmente reprensible es querer aprovecharse hipócritamente de la acogida de refugiados políticos e inmigrantes –que no está exenta de un ingreso económico, dadas las cantidades que asigna el Estado a los organismos asistenciales– para cometer un abuso inmotivado con trece jóvenes monjas, y querer que queden como insensibles y egoístas porque no han querido aceptar que alteren su opción libremente asumida de vida contemplativa.
Quienes esperan limpiarse la conciencia encubriendo con fines humanitarios la persecución de las monjas están descubriendo a su costa que la falta de honradez y la mentira van saliendo a la luz, y que tras la promesa de no clausurar el monasterio se oculta la intención de reducir las vocaciones contemplativas a una vida que de contemplativa no tiene nada. Lo cual es el objetivo final de Cor orans y de la furia demoledora de la corte bergogliana. He ahí el conflicto intraeclesial entre sectores tradicionalistas antibergoglianos y la Iglesia de los pobres tan grata al papa Francesco y al arzobispo. Un verdadero conflicto en el que la misión espiritual de la Iglesia católica choca con una visión demagógica e hipócrita de quienes sólo quieren agradar al mundo y desmantelar las órdenes religiosas que les parecen pasadas de moda y no rentables. Tengo curiosidad por saber si la Santa Sede transformaría con la misma despreocupación instalaciones como el Centro Aletti (Fundación Agape), cuyos notorios beneficios destinados a obras de arte como los mosaicos de Rupnik difícilmente serían resarcidas por el rentable negocio de la acogida. Pero el verdadero problema es la mermelada que fabrican las monjas.
IX. Conclusión
Más allá del análisis de los documentos y las consideraciones a que éste dé lugar, es del todo innegable la actitud gravemente engañosa y mentirosa de quienes sostenían que esta situación se reducía al cambio en la dirección del convento en vez de su eliminación para transformarlo en un centro de acogida para refugiados políticos. Y si los temores de las religiosas parecieran injustificados, para darse cuenta de hasta qué punto tienen infinidad de razones para oponerse a esas maniobras delictivas basta con observar cuántas comunidades religiosas (véase por ejemplo aquí y aquí) han sido objeto de procesos sumarios análogos, siempre basándose en pretextos, siempre contraviniendo el derecho, siempre habiendo inmuebles valiosos de por medio que algunos quieren aprovechar en beneficio propio vendiéndolos o rentabilizándolos, y siempre contra comunidades que no quieren renegar de su carisma sólo porque a la junta militar bergogliana se le ha antojado que lo hagan.
Para concluir esta segunda parte, me gustaría citar la exhortación que dirigió José Rodríguez Carballo a las religiosas de clausura el 21 de noviembre de 2018 comentando la instrucción Cor orans (qui). Estas palabras, aun en la paradoja de haberse pronunciado con una intención muy diferente, se pueden aplicar a las monjas de Pienza y de todas las religiosas perseguidas:
«¡No os dejéis manipular! ¡Sois vosotras quienes debéis gestionar vuestra vida, como mujeres adultas que sois! No basta con una, son necesarias tres rejas para separaros de las personas que os quieren manipular, obispos, cardenales, frailes o quienes sean. Sois vosotras las que debéis discernir, porque hay gente que os está haciendo mucho daño. Porque están proyectando sus ideas sobre vosotras».
Y si alguien como Carballo, que está metido en escándalos financieros que han llevado a la ruina económica a la Orden de los Frailes Menores, ha sido nombrado Secretario del Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica, no nos extrañemos de que en el cargo que ahora ocupa prosiga su obra devastadora a mayor escala. No podemos hacer otra cosa que rezar y esperar que nouna, sino tres rejas estén destinadas a él y a sus cómplices.
En Roma y en Pienza, alguien olvida que místicamente las monjas están casadas con el Señor. No quiero pensar qué castigo infligirá el Divino Esposo a quien toque a las vírgenes consagradas y se rodee de fornicarios y herejes.
+ Carlo Maria Viganò, Arzobispo
Dominica II in Quadragesima
5 de marzo de 2023
(Traducido por Bruno de la Inmaculada)