Carta «secreta» a los obispos del cardenal Ottaviani

Dado que el segundo concilio ecuménico del Vaticano, hace poco felizmente clausurado, ha promulgado documentos muy juiciosos, tanto en materia doctrinal como disciplinaria, para promover eficazmente la vida de la Iglesia, atañe a todo el pueblo de Dios el importante deber de hacer cuanto esté a su alcance para aplicar todo lo que en esta gran asamblea de obispos presidida por el Soberano Pontífice, ha sido solemnemente propuesto o decretado.

Por su parte, corresponde a la jerarquía, siendo su derecho y su cometido, dirigir, promover y velar por el movimiento de renovación iniciado por el Concilio, a fin de que los documentos y decretos del mencionado Concilio sean objeto de una recta interpretación, y se apliquen observando rigurosamente el espíritu de dichos documentos. Son, en efecto, los obispos quienes deben proteger dicha doctrina, pues ejercen la función de enseñar con autoridad bajo su jefe, que es Pedro. Y es digno de elogio que numerosos pastores hayan asumido la tarea de explicar de modo apropiado la doctrina del Concilio.

No obstante, es de lamentar que lleguen de diversas procedencias noticias poco halagüeñas de abusos cometidos en la interpretación de la doctrina del Concilio, así como de opiniones desviadas y atrevidas surgidas por aquí y por allá que pervierten en gran medida el ánimo de numerosos fieles. Son dignos de elogio los estudios y los trabajos de investigación más completos de la verdad que distinguen, con toda razón, lo que es necesario creer de lo que es materia opinable; pero, examinando los documentos sometidos a esta Sagrada Congregación, parece que una cantidad no desdeñable de tesis trascienden fácilmente los límites de la simple opinión o de la hipótesis, y afectan en cierta medida los dogmas propiamente dichos y los fundamentos de la fe.

No está de más abordar a modo de ejemplo algunas de estas tesis y errores según se manifiestan en los informes eruditos o en los textos publicados.

1. En primer lugar, la Sagrada Revelación: hay quienes recurren a las Sagradas Escrituras dejando a sabiendas de lado a la Tradición, y reducen de ese modo la fuerza y la amplitud de la inspiración y la inerrancia bíblicas, no teniendo una idea correcta del valor de los textos históricos.

2. Por lo que respecta a la doctrina de la fe, se afirma que las fórmulas dogmáticas deben supeditarse a la evolución histórica, de modo que su sentido objetivo es susceptible de cambio.

3. El Magisterio ordinario de la Iglesia, en particular el del Romano Pontífice, es a veces descuidado y desestimado, quedando casi relegado al nivel de la libre opinión.

4. Algunos apenas si reconocen la verdad objetiva y absoluta, firme inmutable, sometiéndolo todo a cierto relativismo, y esto por la falaz razón de que toda verdad se ajusta necesariamente al ritmo evolutivo de la conciencia y de la historia.

5. Se injuria a la adorable persona de Jesucristo al repensar la cristología, empleando conceptos de persona y de naturaleza difícilmente compatibles con las definiciones dogmáticas. Se desliza cierto humanismo cristológico según el cual Cristo queda reducido a la condición de un simple ser humano que poco a poco habría cobrado conciencia de su filiación divina. Su milagrosa concepción, sus milagros y su resurrección se aceptan verbalmente, pero en realidad se reducen al orden puramente natural.

6. Igualmente, en el estudio teológico de los sacramentos, se pasa por alto o no se tiene suficientemente en cuenta ciertos elementos, sobre todo en lo relativo a la Santísima Eucaristía. No faltan quienes hablan de la presencia real de Cristo bajo las especies de pan y vino favoreciendo un simbolismo exagerado, como si el pan y el vino no se convirtiesen en el Cuerpo y la Sangre de Nuestro Señor Jesucristo por la transustanciación, sino que simplemente tendrían un significación simbólica. Hay también quienes promueven más de lo razonable el concepto de banquete para la Misa por encima del de Sacrificio.

7. Algunos prefieren explicar el sacramento de la Penitencia como un medio de reconciliación con la Iglesia, sin explicar suficientemente la reconciliación con el propio Dios ofendido. Afirman que para la celebración de este sacramento no es necesaria la confesión personal de los pecados, limitándose a explicar la función social de la reconciliación con la Iglesia.

8. No faltan tampoco los que subestiman la doctrina del Concilio de Trento sobre el pecado original o comentan de manera chocante la falta original de Adán y la transmisión del pecado.

9. Errores no más pequeños se difunden en el dominio de la teología moral. En efecto, y no en pequeño número, osan rechazar la regla objetiva de la moralidad; otros no aceptan la ley natural, sino que afirman la legitimidad de la moral de situación, como ellos la llaman. Opiniones perniciosas son propuestas sobre la moralidad y la responsabilidad en materia sexual y matrimonial

10.  A todo esto hay que añadir una nota sobre el ecumenismo. La Sede Apostólica considera loable cuanto, según el espíritu de la doctrina conciliar sobre el ecumenismo, promueve iniciativas destinadas a favorecer la caridad para con los hermanos separados y atraerlos a la Iglesia. Ahora bien, es de lamentar que no falten quienes, interpretando a su manera el decreto conciliar, reivindiquen una acción ecuménica que ofenda la verdad sobre la unidad de la fe y de la Iglesia, favoreciendo un peligroso irenismo e indiferentismo, que es sin duda totalmente ajeno al espíritu del Concilio.

Los errores y peligros de este género, difundidos indudablemente por doquier, se enumeran en esta carta, en somera síntesis y se exponen a los ordinarios, a fin de que cada uno según su función y su cargo se ocupe de reprimirlos o impedirlos.

Este Sagrado Dicasterio insta igualmente a los dichos ordinarios de las diócesis, congregados en sus respectivas conferencias episcopales, a dirigir oportunamente y exponer a la Santa Sede sus reflexiones antes de la Fiesta de la Natividad de Nuestro Señor Jesucristo del año en curso.

Se ruega a los ordinarios y a aquellos, quienesquiera que sean, a los que aquellos consideren oportuno dar a conocer la presente carta, que evidentes motivos de prudencia prohíben hacer pública, que la mantengan en el más riguroso secreto.

A. Card. OTTAVIANI Prefecto, 
Congregación para la Doctrina de la Fe 
Prot. N 871/66
24 de julio de 1966

(Fuente. Traducida por J.E.F)

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