Francisco: «Podemos afirmar con seguridad y autoridad magisterial que la reforma litúrgica es irreversible»

El papa Francisco dio el pasado día 24 de agosto un discurso sobre la reforma litúrgica del papa Pablo VI, frente a los participantes de la 68º Semana Nacional de Liturgia. En él, Francisco declara: «Después de este magisterio, después de este largo camino, podemos afirmar con seguridad y autoridad magisterial que la reforma litúrgica es irreversible.»

Los comentarios de Francisco se leen irónicamente como un Quo Primum para el Novus Ordo. El Quo Primum del papa San Pío V (1570), que aún no ha sido revocado ni abolido por otro Papa, decretó que la misa tradicional en latín que el santo pontífice promulgó de acuerdo a directivas del Concilio de Trento, es «válida de aquí en más y para siempre» y nadie puede « anular la presente intrusión o a modificarla, sino que ella estará siempre en vigor y válida con toda su fuerza.» Es más, San Pío V advirtió que si alguien, incluso un futuro Papa (por implicancia) alterara su misal, habrá «incurrido en la indignación de Dios Omnipotente y de los bienaventurados apóstoles Pedro y Pablo». 

¡Las reformas del Vaticano II son IRREVERSIBLES!
A diferencia de las palabras de Jesús sobre el matrimonio y el adulterio, que son totalmente reversibles.

En Summorum Pontificumel papa Benedicto XVI reiteró que el rito tradicional en latín «no ha sido nunca jurídicamente abrogado y, por consiguiente, en principio, ha quedado siempre permitido”. Benedicto continuó: « Lo que para las generaciones anteriores era sagrado, también para nosotros permanece sagrado y grande y no puede ser  improvisamente totalmente prohibido o incluso perjudicial.»

Sin embargo, para Francisco, lo verdaderamente «irreversible» no es la misa tradicional en latín sino las reformas que la deformaron.

A continuación presentamos los fragmentos relevantes del discurso del papa Francisco:
Concilio y reforma son dos eventos directamente vinculados, no florecieron improvisamente, sino que fueron preparados por largo tiempo. El llamado movimiento litúrgico da testimonio de ello, así como las respuestas de los Sumos Pontífices ante los disgustos percibidos en la oración eclesial. Cuando se advierte una necesidad, aunque no haya una inmediata solución, existe la necesidad de ponerse en movimiento.

[…]

El Concilio Vaticano Segundo dejó madurar la Constitución sobre la Sagrada Liturgia, Sacrosantum Concilium, como un fruto bueno del árbol de la Iglesia, cuyas líneas de reforma general respondían a las necesidades reales y a la concreta esperanza de una renovación: se deseaba una liturgia viva para una Iglesia completamente vivificada por los misterios celebrados.

[…]

La dirección indicada por el Concilio encontró su forma, respetando la sana tradición y del legítimo progreso, precisamente en los libros litúrgicos promulgados por el Beato Montini, fue bien recibida por los mismos obispos que participaron en la reunión y, desde hace 50 años, es universalmente usada en el Rito Romano. La aplicación práctica, conducida por las Conferencias Episcopales de los respectivos países, aún continúa, puesto que no basta con reformar los libros litúrgicos para renovar la mentalidad. El proceso que pusieron en marcha los libros reformados por los decretos conciliares todavía exige tiempo, fiel recepción, obediencia práctica, sabia implementación en celebraciones, primero por parte de los ministros ordenados, pero también de los demás ministros, los cantores y todos los que participan en la liturgia. A decir verdad, sabemos que la educación litúrgica de pastores y fieles es un desafío que se debe afrontar siempre como algo nuevo. El mismo Pablo VI , un año antes de su muerte, dijo a los cardinales reunidos en consistorio: “Ha llegado el tiempo para dejar de lado definitivamente los fermentos divisivos que son igualmente perniciosos para ambos lados, y aplicar en total acuerdo con los criterios correctos que la inspiraron, la reforma aprobada por nosotros para implementar los deseos del Concilio.” [10]

Todavía hay trabajo que hacer en esa dirección, en especial para redescubrir los motivos de las decisiones tomadas en la reforma litúrgica, superando lecturas infundadas y superficiales, recepciones parciales y prácticas que la desfiguran. No se trata de replantear la reforma revisando sus decisiones, sino de conocer mejor las razones subyacentes, incluso a través de la documentación histórica, así como de interiorizar los principios que la inspiraron y de observar la disciplina que la regula. Después de este magisterio, después este largo camino, podemos afirmar que la reforma litúrgica es irreversible.

La responsabilidad de promover y custodiar la liturgia corresponde por derecho a la Sede Apostólica y a los obispos diocesanos, en cuya responsabilidad y autoridad dependo mucho en este momento; también están involucrados  los cuerpos pastorales a nivel nacional y diocesano, los institutos de formación y los seminarios.

[…]

Entre los signos visibles de este Misterio invisible está el altar, signo de Cristo, la piedra viva rechazada por los hombres pero que se volvió la piedra angular del edificio espiritual donde se adora al Dios viviente en espíritu y en verdad  (cf. 1 Pe 2.4; Ef 2:20). Por lo tanto, el altar, centro hacia el cual nuestras iglesias convergen su atención, [11] es dedicado con el crisma, con incienso, es besado, venerado: hacia el altar se orienta la mirada de los orantes, sacerdote y fieles, convocados por la santa asamblea alrededor de él; [12] sobre el altar se pone la ofrenda de la Iglesia que el Espíritu consagra sacramento del sacrificio de Cristo; desde el altar se nos ofrecen el pan de vida y la copa de salvación “para que formemos en Cristo un solo cuerpo y un solo espíritu” (Plegaria Eucarística III).

[…]
[9] La reforma de los ritos y de los libros litúrgicos comenzó de inmediato tras la promulgación de la Constitución Sacrosanctum Concilium y llegó a su conclusión efectiva en pocos años, gracias al considerable y desinteresado trabajo de un gran número de expertos y obispos de todas partes del mundo (Cf. Sacrosanctum Concilium, 25). Este trabajo fue realizado de acuerdo a los principios conciliares de fidelidad a la tradición y apertura a un desarrollo legítimo (cf. ibid . 23); por lo tanto es posible decir que la reforma de la liturgia es estrictamente tradicional y de acuerdo “al antiguo uso de los Santos Padres” (cf. ibid. , 50; Institutio generalis Missalis Romani, Prooemium, 6). ( Juan Pablo II , Lett. Ap. Vicesimus quintus annus, 4).

[10] «La atención del papa se centra hoy, una vez más, en un punto particular de la vida de la Iglesia: los indiscutibles frutos benéficos de la reforma litúrgica. Desde la promulgación de la Constitución conciliar Sacrosanctum Concilium se ha dado un gran progreso, progreso que responde a las premisas establecidas por el movimiento litúrgico de finales del siglo XIX. Ha concretado las profundas aspiraciones de dicho movimiento, por las que tantos sacerdotes y expertos han trabajado y orado. El nuevo rito de la misa, promulgado por nosotros después de una larga y dolorosa preparación por parte de los cuerpos competentes, y en el que se han introducido, a la par con el canon romano, el cual permanece substancialmente inalterado, otras oraciones eucarísticas, ha dado frutos benéficos. Estos incluyen una mayor participación en la acción litúrgica, una conciencia más viva de la acción sagrada, un conocimiento más amplio de los tesoros inextinguibles de las sagradas escrituras, y un aumento en el sentido de comunidad en la Iglesia. El curso de los últimos años demuestra que estamos en el camino correcto. Pero desafortunadamente, a pesar de la gran preponderancia de las fuerzas sanas y buenas del clero y los fieles, se han cometido abusos y libertades al aplicar la reforma litúrgica. Ha llegado el momento de dejar de lado definitivamente los fermentos divisivos que son igualmente perniciosos de ambos lados, y de aplicar de total acuerdo con los criterios correctos que la inspiraron, la reforma aprobada por nosotros para implementar los deseos del Concilio.» (Alloc . Gratias ex animo, 27 de junio, 1977: Teachings of Paul VI, XV [1977], 655-656, en italiano 662-663).

[11] Cfr. Instrucción General del Misal Romano, n. 299; Rito de la Dedicación de un Altar, Prefacio, nn. 155, 159

[12] «el memorial del Señor se celebra en el altar y allí se entrega a los fieles su cuerpo y su sangre» (Rito de la Dedicación de un Altar, n. 213, Prefacio).

 

Papa San Pío V, «Quo Primum» 14 de julio, 1570

[…] que a éste Misal justamente ahora publicado por Nos, nada se le añada, quite o cambie en ningún momento y en ésta forma Nos lo decretamos y Nos lo ordenamos a perpetuidad, bajo pena de nuestra indignación.

[…]

Y aun, por las disposiciones de la presente y en nombre de Nuestra Autoridad Apostólica, Nos concedemos y acordamos que este mismo Misal podrá ser seguido en totalidad en la misa cantada o leída en todas las iglesias, sin ningún escrúpulo de conciencia y sin incurrir en ningún castigo, condenación o censura y que podrá válidamente usarse, libre y lícitamente y esto a perpetuidad. Y de una manera análoga, Nos hemos decidido y declaramos que los Superiores, Administradores, Canónigos, Capellanes y otros sacerdotes de cualquier nombre que sean designados o los religiosos de una Orden cualquiera, no pueden ser obligados a celebrar Misa de otra manera diferente a como Nos la hemos fijado y que jamás nadie, quienquiera que sea podrá contrariarles o forzarles a cambiar de misal o a anular la presente intrusión o a modificarla , sino que ella estará siempre en vigor y válida con toda su fuerza, no obstante las decisiones anteriores y las Constituciones Generales o Especiales emanadas de Concilios Provinciales y Generales, ni tampoco el uso de las iglesias antes mencionadas confirmadas por una regla muy antigua e inmemorial, pero que no se remonta a más de 200 años, ni las decisiones ni las costumbres contrarias cualesquiera que sean.

[…]

que absolutamente a ninguno de los hombres le sea licito quebrantar ni ir, por temeraria audacia, contra esta página de Nuestro permiso, estatuto, orden, mandato, precepto, concesión, indulto, declaración, voluntad, decreto y prohibición. Más si alguien se atreviere a atacar esto, sabrá que ha incurrido en la indignación de Dios Omnipotente y de los bienaventurados apóstoles Pedro y Pablo.

(Traducido por Marilina Manteiga. Artículo original)

RORATE CÆLI
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