«Me da mal rollo cuando veo a un sacerdote que no viste de cura. Es como ir a un Hospital y encontrarme
a un enfermero en chandal» (Frase que circula por Twitter desde junio)
Veamos lo que enseña el «Directorio para la vida de los sacerdotes» publicado por el Papa en este año 2013:
Importancia y obligatoriedad del traje eclesiástico
61. En una sociedad secularizada y tendencialmente materialista, donde tienden a desaparecer incluso los signos externos de las realidades sagradas y sobrenaturales, se siente particularmente la necesidad de que el presbítero —hombre de Dios, dispensador de Sus misterios— sea reconocible a los ojos de la comunidad, también por el vestido que lleva, como signo inequívoco de su dedicación y de la identidad de quien desempeña un ministerio público. El presbítero debe ser reconocible sobre todo, por su comportamiento, pero también por un modo de vestir, que ponga de manifiesto de modo inmediatamente perceptible por todo fiel, más aún, por todo hombre, su identidad y su presencia a Dios y a la Iglesia.
El hábito talar es el signo exterior de una realidad interior: «de hecho, el sacerdote ya no se pertenece a sí mismo, sino que, por el carácter sacramental recibido (cfr. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1563 y 1582), es “propiedad” de Dios. Este “ser de Otro” deben poder reconocerlo todos, gracias a un testimonio límpido. […] En el modo de pensar, de hablar, de juzgar los hechos del mundo, de servir y de amar, de relacionarse con las personas, incluso en el hábito, el sacerdote debe sacar fuerza profética de su pertenencia sacramental, de su ser profundo».
Por esta razón, el sacerdote, como el diácono transeúnte, debe:
a) llevar o el hábito talar o «un traje eclesiástico decoroso, según las normas establecidas por la Conferencia Episcopal y según las legitimas costumbres locales». El traje, cuando es distinto del talar, debe ser diverso de la manera de vestir de los laicos y conforme a la dignidad y sacralidad de su ministerio; la forma y el color deben ser establecidos por la Conferencia Episcopal, siempre en armonía con las disposiciones de derecho universal;
b) por su incoherencia con el espíritu de tal disciplina, las praxis contrarias no se pueden considerar legítimas costumbres[252] y deben ser removidas por la autoridad competente.
Exceptuando las situaciones del todo excepcionales, el no usar el traje eclesiástico por parte del clérigo puede manifestar un escaso sentido de la propia identidad de pastor, enteramente dedicado al servicio de la Iglesia.
Además, el hábito talar —también en la forma, el color y la dignidad— es especialmente oportuno, porque distingue claramente a los sacerdotes de los laicos y da a entender mejor el carácter sagrado de su ministerio, recordando al mismo presbítero que es siempre y en todo momento sacerdote, ordenado para servir, para enseñar, para guiar y para santificar las almas, principalmente mediante la celebración de los sacramentos y la predicación de la Palabra de Dios. Vestir el hábito clerical sirve asimismo como salvaguardia de la pobreza y la castidad.