
En el blog Dialogos Institute, el profesor Alan Fimister ofrece un interesante resumen[i] de un coloquio celebrado el verano pasado en Dignitatis Humanae, acerca de unas enseñanzas magisterial es previas[ii]. Se dio cuenta de que todos los participantes tienen, como principio básico, que ningún documento magisterial autorizado y vinculante proveniente de la oficina de la Iglesia, puede derrocar las enseñanzas de un documento previo, de la misma Oficina o de una autoridad más alta.
Hubo, sin embargo, dos enfoques para demostrar cómo Dignitatis Humanae no derrocó las enseñanzas previas sobre la libertad religiosa. Uno fue para discutir que Dignitatis Humanae tiene un nivel de autoridad menor que la enseñanza establecida previamente y que su propia enseñanza no es, por lo tanto, vinculante, y debe rechazar la enseñanza anterior.
El otro tema de discusión fue que Dignitatis Humanae, interpretadas correctamente, no necesariamente contradice las enseñanzas magisterial es previas; para ello, fueron propuestas varias formas y maneras de leerlas y entenderlas.
El mismo Fimister parece estar más de acuerdo con la propuesta de Thomas Pink: «La declaración se refiere, solamente, a la competencia abstracta del statu quo, y entonces no se refiere a los poderes del Estado como instrumento de la Iglesia». Pero Fimister modifica un poco la teoría de Pink, con la ayuda del argumento de San Agustín: que un Estado es real y solamente (y, por lo tanto, sólo es realmente un Estado) cuando adora al verdadero Dios:
«Es parte de la esencia de un verdadero gobierno, el adorar al Único y Verdadero Dios en la manera que Él nos ha enseñado. Cada Estado está así obligado a descubrir la Verdadera religión y abrazarla. Mientras esto pase, la Verdadera religión es el catolicismo; y parte de la revelación sobre la cual está fundado el catolicismo, esto es, la reserva del poder espiritual de juzgar los asuntos de religión. El Estado tiene su propia competencia natural en cuestiones de religión, pero el único y verdadero gobierno sin calificación es La Ciudad de Dios: la Iglesia Católica. Es, a través de la adhesión a la Iglesia Católica, cómo los gobiernos temporales reciben su perfección como sociedades humanas. Como Pink enfoca, León XIII enseñó que, la relación apropiada entre la Iglesia y el Estado es de alma y cuerpo. Está en la naturaleza del cuerpo estar unido al alma. Sin el alma, no hay cuerpo humano. Así, es parte de la esencia del Estado, obligar en asuntos de religión; pero, en esta orden de la Providencia, es también esencia del Estado el existir dentro de la Iglesia Católica; un poder civil que no esté unido a la Iglesia Católica carece, de facto, de este derecho que pertenece en lo abstracto al Estado. Como San Agustín dice: “No hay justicia, salvo donde el fundador y gobernante sea Cristo” y “Reinos sin justicia, son bandas de criminales».
[Traducción de Sarita Riveros. Artículo original]
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[i] http://dialogos-institute.org/blog/wordpress/?p=34
[ii] http://rorate-caeli.blogspot.com/2015/10/cardinal-burke-at-dignitatis-humanae.html