De la Carta Apostólica Misericordia et Misera (12), exactamente como predijimos ayer:
En el Año del Jubileo había concedido a los fieles, que por diversos motivos frecuentan las iglesias donde celebran los sacerdotes de la Fraternidad San Pío X, la posibilidad de recibir válida y lícitamente la absolución sacramental de sus pecados[15]. Por el bien pastoral de estos fieles, y confiando en la buena voluntad de sus sacerdotes, para que se pueda recuperar con la ayuda de Dios, la plena comunión con la Iglesia Católica, establezco por decisión personal que esta facultad se extienda más allá del período jubilar, hasta nueva disposición, de modo que a nadie le falte el signo sacramental de la reconciliación a través del perdón de la Iglesia.