La suprema autoridad de la Congregación para la Doctrina de la Fe no puede ser desafiada por una declaración

(Roberto de Mattei, Caminante Wanderer – 18 noviembre 2021) Una declaración que se opone a «la licitud moral de las inyecciones experimentales de COVID-19 contaminadas por el aborto» (en adelante, Declaración) lleva varios días circulando entre los católicos, a título particular, para recoger firmas de religiosos y laicos en oposición a la «recepción de estos productos moralmente contaminados, peligrosos e ineficaces, junto con los injustos mandatos para su recepción que se imponen a millones de estudiantes y trabajadores en todo el Occidente cristiano».

Lo que nos impulsa a criticar esta Declaración antes de su publicación es la estima que tenemos por algunos de los promotores de la iniciativa. En efecto, estamos convencidos de que la declaración según la cual los que se vacunan cometen un pecado representa un grave error que se opone a la Congregación para la Doctrina de la Fe y al consenso de eminentes teólogos morales y bioéticos (entre ellos, S.E. el Cardenal Willem Eijk, el P. Ezra Sullivan O.P., el Prof. Josef Seifert, el Dr. Joseph Shaw, el National Catholic Bioethical Centerel P. Arnaud Sélégny). Además, es una opinión que siembra problemas de conciencia injustificados y representa un verdadero “gol en contra», como define el periodista italiano Francesco Boezi las frágiles tesis del segmento antivax del mundo tradicionalista. Estos católicos, según Boezi, amenazan con comprometer la credibilidad de todo un frente, dejando a los progresistas la vía libre para el futuro.

La Declaración, tal y como ha llegado a nosotros, se compone de veinticuatro puntos introducidos con el término jurídico «considerando», seguidos de una breve conclusión que, basándose en el preámbulo, presenta las razones para el rechazo de la “licitud moral de las inyecciones experimentales de COVID-19 contaminadas por el aborto».

Los dos primeros puntos de la Declaración se refieren a los pasajes de la constitución Gaudium et Spes (51 §3, 27) y de Evangelium Vitae (nº 58) que reafirman la condena del aborto. Habría sido bueno precisar que se trata de una condena que forma parte del Magisterio de la Iglesia desde tiempos inmemoriales y que es confirmada por estos documentos.

El cuarto y el quinto preámbulo se refieren a la Nota sobre la moralidad del uso de algunas vacunas anti-Covid 19, publicada el 21 de diciembre por la Congregación para la Doctrina de la Fe (Nota).

Según este importante documento, «es moralmente aceptable recibir vacunas Covid-19 que han utilizado líneas celulares de fetos abortados en su proceso de investigación y producción» (nº 2, énfasis en el original). «La razón fundamental para considerar moralmente lícito el uso de estas vacunas es que el tipo de cooperación al mal (cooperación material pasiva) en el aborto provocado del que proceden estas líneas celulares es, por parte de quienes hacen uso de las vacunas resultantes, remoto. El deber moral de evitar esa cooperación material pasiva no es obligatorio si existe un peligro grave, como la propagación, de otro modo incontenible, de un agente patológico grave —en este caso, la propagación pandémica del virus SARS-CoV-2 que causa el Covid-19. Por lo tanto, debe considerarse que, en tal caso, todas las vacunas reconocidas como clínicamente seguras y eficaces pueden utilizarse en conciencia con la certeza de que el uso de dichas vacunas no constituye una cooperación formal con el aborto del que proceden las células utilizadas en la producción de las vacunas. Hay que subrayar, sin embargo, que el uso moralmente lícito de este tipo de vacunas, en las condiciones particulares que lo hacen, no constituye en sí mismo una legitimación, ni siquiera indirecta, de la práctica del aborto, y supone necesariamente la oposición a esta práctica por parte de quienes hacen uso de estas vacunas» (n. 3). La Nota de la Santa Sede añade que «la razón práctica hace evidente que la vacunación no es, por regla general, una obligación moral y que, por tanto, debe ser voluntaria. En cualquier caso, desde el punto de vista ético, la moralidad de la vacunación depende no sólo del deber de proteger la propia salud, sino también del deber de perseguir el bien común (n. 5, énfasis en el original). A falta de otros medios para detener o incluso prevenir la epidemia, el bien común puede recomendar la vacunación, especialmente para proteger a los más débiles y expuestos. Sin embargo, quienes, por razones de conciencia, rechazan las vacunas producidas con líneas celulares de fetos abortados, deben hacer todo lo posible para evitar, por otros medios profilácticos y un comportamiento adecuado, convertirse en vehículos de transmisión del agente infeccioso. En particular, deben evitar cualquier riesgo para la salud de aquellos que no pueden ser vacunados por razones médicas o de otro tipo, y que son los más vulnerables».

La Declaración resume la Nota de la Santa Sede, estableciendo que «afirma explícitamente que sigue existiendo el ‘deber moral de evitar tal cooperación material pasiva’ en el crimen del aborto mediante el uso de dichas inyecciones; sin embargo, explica que este deber ‘no es obligatorio’ en presencia de un ‘grave peligro’ que puede ser evitado por la ‘vacuna’, y cuando no se dispone de una terapia alternativa ‘éticamente irreprochable Covid-19′». Esto permite al autor de la Declaración añadir al punto 6: «Mientras que en ausencia de al menos estos criterios sigue siendo moralmente ilícito recibir dichas inyecciones». Esto no es exacto si se lee atentamente el texto.

Implícitamente se reconoce a la Congregación para la Doctrina de la Fe como autoridad suprema en el ámbito de la fe y la moral, pero en el preámbulo posterior (nº 6) se afirma que: «A pesar de que la Nota expresa la opinión de que la actual «propagación pandémica del virus SARS-CoV-2 que causa Covid-19» constituye el «grave peligro» necesario para justificar el uso de vacunas contaminadas por el aborto, tal juicio está más allá de la competencia de los obispos para emitirlo de forma autorizada, ya que su competencia se define como propia de los ámbitos de la fe y la moral (LG 25)».

Con estas palabras, la Declaración intenta socavar la credibilidad de la Nota de la Santa Sede, afirmando que la competencia de la Congregación para la Doctrina de la Fe se limita al ámbito de la fe y la moral y no se extiende al de la medicina. Por lo tanto, la Nota carecería de valor, ya que se basa en datos científicos falsos o inexactos. A partir de este punto, o del preámbulo no. 7 al núm. 21, la Declaración reúne una serie de datos científicos según los cuales la pandemia del Covid-19 no constituye un peligro grave y las vacunas son un instrumento ineficaz e incluso perjudicial para detenerla.

Argumentando de este modo, los redactores de la Declaración afirman haber llegado a conclusiones morales opuestas a las de la Congregación para la Doctrina de la Fe, basándose en datos científicos, al tiempo que acusan a la Congregación para la Doctrina de la Fe de ser incompetente en el ámbito científico. La pregunta es obvia: ¿cuál es la competencia científica de quienes redactaron el documento? ¿Y por qué es lícito que los particulares formulen un juicio moral basado en datos científicos si la Congregación para la Doctrina de la Fe no puede hacerlo?

Los datos en los que se basa el juicio de la Congregación para la Doctrina de la Fe son los universalmente aceptados por las autoridades sanitarias de todas las naciones del mundo. ¿Son los datos falsos? Si partimos del principio de que todas las instituciones nacionales o internacionales mienten, toda la medicina moderna y la atención hospitalaria se derrumban. ¿Cómo la sustituimos? De hecho, la existencia de una pandemia, con innumerables millones de casos confirmados y millones de muertes en el mundo es un hecho que entra dentro de la experiencia concreta de cada uno de nosotros, incluso antes de tener en cuenta los datos de la OMS que indican que ha habido 250 millones de casos confirmados y 5 millones de muertes. Y la evidencia es la base de cualquier juicio filosófico y moral. Por otra parte, los antivacunas que hoy niegan la gravedad de la enfermedad suelen ser los mismos que durante mucho tiempo negaron su existencia (y en parte siguen haciéndolo). ¿Cómo es posible imaginar que algo que no existe es, al mismo tiempo, poco grave?

Tras esta larga e impropia intromisión en el mundo científico, los preámbulos 22, 23 y 24 de la Declaración vuelven a proponer como verdad indiscutible la tesis de la ilegitimidad moral de la vacunación contra el Covid-19, basándose en un texto del padre Michael Copenhagen (ya refutado a fondo por el doctor Joseph Shaw): «Considerando que un análisis moral más profundo revela una objeción prohibitiva al observar que el receptor de cualquier inyección de este tipo se convierte en «un participante inmediato en la comisión del robo continuo de restos humanos obtenidos mediante el asesinato deliberado, su profanación mediante la explotación y el tráfico, así como la omisión final de enterrarlos respetuosamente».

La Declaración concluye con estas palabras «Nosotros, los abajo firmantes, afirmamos por la presente que, incluso suponiendo que una persona se oponga plenamente a que estas vacunas basadas en genes estén contaminadas por el horrendo crimen del aborto, que debido a la presencia de cualquiera de las tres condiciones siguientes referidas anteriormente, sigue siendo objetivamente ilícito que una persona acepte estas vacunas:

  • la ausencia manifiesta de un «peligro grave» que suponga el COVID-19
  • la disponibilidad positiva de terapias seguras y eficaces «éticamente irreprochables del COVID-19», y
  • la ausencia de datos de prueba adecuados que son moralmente necesarios para intentar siquiera calcular un análisis de riesgo/beneficio para tales terapias genéticas experimentales».

Así pues, después de negar a la Congregación para la Doctrina de la Fe el derecho a utilizar datos científicos y de utilizar datos (pseudo)científicos para emitir una declaración de verdad moral, ha llegado el momento de que los redactores de la Declaración ocupen el lugar de la Congregación para la Doctrina de la Fe como autoridad moral suprema y lo proclamen en Internet a los católicos de todo el mundo.

Sin embargo, como enseña San Pío X en la encíclica Pascendi, el Magisterio de la Iglesia no nace de las conciencias individuales y no tiene forma democrática. La regla de la fe y la moral reside en la Tradición de la Iglesia y no en las firmas recogidas en la web. Y el sensus fidei sólo es verdaderamente tal cuando percibe un contraste directo entre lo que proponen los eclesiásticos y lo que la Iglesia ha enseñado siempre. No es el caso de la Nota de la Congregación para la Doctrina de la Fe que nos tranquiliza sobre la legitimidad moral de la vacunación.

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