Cuando el derecho de “objeción de conciencia” es abiertamente desconocido
Un tribunal de Justicia de Bélgica sancionó con una multa a un hogar de ancianos católico por negarse a practicar la eutanasia a una de sus residentes, una paciente de 74 años de edad, que posteriormente fue eliminada con una inyección letal en un centro privado. Así lo relatan los cables de varias agencias internacionales de noticias.
Los hechos, según informó la cadena de noticias WND, acaecieron en Diest, una ciudad de la provincia belga del Brabante Flamenco, en Flandes.
La anciana Mariette Buntjens estuvo de acuerdo con su médico en que debía ser sacrificada mediante una inyección letal, debido a que, al parecer, sufría un cáncer de pulmón.
Sin embargo, la Casa de Reposo “San Agustín”, donde Mariette vivía, -continúan detallando las agencias-, se negó a practicarle la eutanasia debido a su misión e identidad católica, tal como indica el informe judicial. Debido a esta decisión, Buntjens fue trasladada por sus familiares a otra clínica privada, donde allí sí le practicaron la eutanasia.
El diario Catholic News Herald informó posteriormente que los familiares de la anciana demandaron a la casa de reposo católica por causar un “sufrimiento mental y físico innecesario” a Mariette, aunque lo único que haya hecho dicha Casa, por medio de su médico, fue ejercer su derecho a la “objeción de conciencia”.
La información del Herald consigna que esta sentencia dicta un resbaladizo precedente que afectará a otras instalaciones médicas católicas, a menos que se incorporen nuevas salvaguardas legales: “Un tribunal civil en Lovaina confirmó la denuncia e impuso una multa de tres mil euros al Hogar, ordenándole cancelar una compensación de 1.000 euros para cada uno de los tres hijos mayores de edad de la señora Buntjens”.
Los medios concluyen con razón que “la sentencia podría significar el cierre de decenas de Hogares-enfermería católicos en Bélgica porque la Iglesia ha declarado explícitamente que “bajo ninguna circunstancia” permitirá la eutanasia.
Similar situación enfrenta la Iglesia en otros países donde la eutanasia y el aborto han sido legalizados e impuestos para ser ejecutados incluso en hogares, clínicas y hospitales católicos.
Se trata en primer lugar de otro ejemplo más, lamentablemente, de la llamada “dictadura del relativismo”, de la que habla Benedicto XVI. Ella no sólo no permite disentir de sus postulados sino que ha logrado en muchos ordenamientos jurídicos que dichos disentimientos sean considerados hasta delitos o contravenciones, lo que constituyen expresiones del “relativismo jurídico”. Pero además, se trata en la mayoría de los casos de flagrantes violaciones del Derecho Positivo, porque la objeción de conciencia del médico a no matar al paciente, es un derecho humano universalmente reconocido.
Se pretende argumentar que el paciente o su familia tienen “derecho” a disponer de su vida pero para ello le exigen a la institución médica o al hogar de ancianos que le den muerte asistida, es decir, que le presten el servicio de eliminarlos, lo que es inadmisible a todas luces, porque la misión del médico y de la instituciones no es “matar” al paciente sino curarlo y si ello no fuera posible aliviar su dolor, confortarlo, manteniéndolo siempre alimentado, hidratado y ventilado, pero nunca eliminarlo!
Parecería que la presunta “dignidad” solo pasara por quien exige la muerte asistida y que el médico que debe prestarla es una cosa, no una persona que porsupuesto también tiene su “dignidad”.
Así estamos. Esperemos que por lo menos se respete el derecho humano a la objeción de conciencia y no se avasalle el mismo.
Carlos Alvarez Cozzi