Introducción y Principios generales (I)
A lo largo de varios artículos vamos a tratar un tema bastante importante y que suele ser causa de muchas dudas de tipo moral. Me refiero a todas esos problemas médicos que tienen también una dimensión moral. Por ejemplo: la posibilidad de acceso a la fecundación in vitro de una pareja que no puede tener hijos de otro modo; el uso de anticonceptivos para evitar tener un hijo si el médico lo aconseja; ¿cuándo se puede desconectar a un paciente ingresado en Cuidados Intensivos si no hay esperanza de recuperación? Y muchas otras situaciones, normalmente graves, y de las que hemos de tener ideas claras.
Dado que el tema es muy complejo, pues hay muchas situaciones particulares que necesitan ser aclaradas y precisadas, y con el fin de no hacer los artículos muy largos, trataremos cada uno de estos puntos separadamente. Por otro lado, dado que de algunos de estos temas ya he escrito en este portal con anterioridad, en algunas ocasiones me limitaré a dirigirles a ellos, salvo el caso de que tuviera que hacer alguna precisión o aclaración nueva.1
Algunos temas particulares que abordaremos
La estructura de esta serie de artículos, salvo que luego por necesidad necesite añadir o quitar alguna sección, será la siguiente:
1.- Principios morales generales que rigen ciertas situaciones médicas particulares. Aquí hablaremos del mal menor, del principio de doble efecto…
2.- Principios morales sobre la Fecundación In Vitro (FIV).
3.- Moralidad de la manipulación de embriones y su uso en el laboratorio para el estudio de enfermedades genéticas, obtención de células madre…
4.- ¿Qué hacer con los embriones congelados?
5.- Juicio moral sobre los “vientres de alquiler”.
6.- Moralidad del uso de métodos físicos o químicos para evitar la concepción: preservativos, T de cobre, anticonceptivos orales, la píldora del día después, espermicidas…
7.- Principios morales que rigen el posible uso de anticonceptivos para la regulación del ciclo menstrual de la mujer; el espaciamiento de los hijos; no tener hijos durante los meses que siguen a una cesárea si el médico lo aconseja …
8.- Moralidad del aborto en el caso de malformación, violación y otros supuestos.
9.- Problemática que se presenta cuando hay que elegir entre la vida de la madre o del feto.
10.- Moralidad de los estudios del esperma para resolver problemas de infertilidad.
11.- Los bancos de esperma.
12.- Moralidad de la “eutanasia pasiva” con sedantes para evitar el dolor en un paciente terminal.
13.- Principios morales que rigen en el caso de que haya que desconectar a un paciente de los mecanismos extraordinarios que le mantienen vivo.
14.- Moralidad del uso ciertas sustancias consideradas drogas (cocaína, marihuana…) en el tratamiento del dolor, de la depresión o como estimulantes.
15.- Principios morales para juzgar los casos de cambio de sexo, mutilaciones y cirujía estética.
Estos son algunos de los temas que trataremos en esta serie de artículos, todos ellos tendrán como telón de fondo la dimensión moral de ciertas actuaciones médicas.
Conforme vayamos desarrollando estos artículos, probablemente surjan temas asociados o incluso temas nuevos. Si están interesados en algún punto en especial que no es tratado, les ruego que me lo comuniquen a través de sus comentarios o escribiendo a mi correo electrónico para así poderlos incluir.2
Principios morales de tipo general
Así pues, comencemos estudiando algunos de los principios morales más generales que han de dirigir todo acto humano. Estos principios nos servirán posteriormente para juzgar los problemas morales concretos que se vayan presentando en las diferentes situaciones médicas:
- Nunca es lícito hacer directamente algo que es malo de suyo.
- Principio del mal menor.
- Principio de doble efecto.
1.- Nunca es lícito hacer una acción que es de suyo mala
Existe un principio en moral que dice: el fin no justifica los medios. Es decir, aunque el fin de una acción pueda ser bueno, si para conseguir ese fin tenemos que hacer una acción que es de suyo mala, el acto es pecaminoso. Dicho de modo más sencillo, nunca se puede hacer una obra mala con el pretexto de conseguir un fin bueno.
2.- El principio del “mal menor”3
Entre dos acciones que son malas, no se puede elegir hacer la que es menos mala con la excusa de que la otra es peor. El principio del mal menor ya estaría cubierto por el principio anteriormente enunciado: no se puede hacer ninguna acción que es de suyo mala aunque sea por un buen fin.
El “mal menor” no se puede hacer, aunque con ello se intente evitar un mal mayor. Habrá que buscar otras soluciones.
Nunca es lícito realizar el mal menor moral. La razón es que el pecado nunca es moralmente lícito. Cuando se trata de males de tipo físico, si hay que elegir, se escoge razonablemente el menor. Pero entre males morales la alternativa no existe. Un mal moral no se convierte en bien porque se lo escoja en sustitución de otro mayor.
Nunca hay necesidad de ejecutar actos malos, pues siempre hay la posibilidad de inhibirse, de no consentir interiormente y de no actuar exteriormente; a no ser que otra persona recurra a una coacción física irresistible. Cuando de esa inhibición o resistencia se siga un mal físico, por ejemplo, cuando de no practicar un médico una embriotomía, se siga la muerte de la parturienta que probablemente se habría salvado si no se hubiese respetado el feto, el médico no es moralmente responsable de la muerte de la madre. Aunque la muerte de la madre sea algo realmente serio; se trata de un mal físico el cual no se puede evitar a no ser que se ejecute un mal esencialmente mayor: el mal moral de atentar contra los derechos inalienables de un inocente.
Puede suceder que se presente un conflicto de conciencia, teniendo que elegir forzosamente entre dos cosas que parezcan igualmente ilícitas, o creyéndose equivocadamente en la necesidad de hacerlo. La perplejidad subjetiva en tal caso, por falta de formación suficiente para juzgar como es debido, no puede negarse. Pero en el orden objetivo, si ambas cosas son malas en sí mismas, aunque una peor que la otra, se debe evitar las dos ineludiblemente.
Hay una escala de valores tanto en el orden moral como en el físico; y los menores ceden ante los mayores, cuando no se pueden armonizar todos. Así, el cuidado de la salud y la asistencia a la Misa dominical obligan al fiel cristiano; pero algunas veces la enfermedad excusa de asistir a Misa, mientras que otras el deber de participar en este acto de culto y santificación exigirá que no se cuide con excesivos miramientos una salud precaria.
¿Se puede permitir o tolerar el mal menor?
En general se debe tener presente que ni los individuos ni la sociedad están obligados a evitar, con una actitud positiva, todos los males morales que materialmente pudieran evitar. Dios mismo los permite constantemente, como observó León XIII.4
Las personas particulares sólo están obligadas a actuar positivamente para evitar pecados ajenos, cuando por oficio, deber especial de caridad o de justicia, deben cuidar de las personas que van a pecar. Así sucede con los padres y educadores, respecto de los hijos y educandos.
La autoridad pública, obligada a promover el bien común en su labor legislativa y administrativa, ha de evitar los males dentro de las exigencias de ese bien común. Pero precisamente porque lo debe salvaguardar todo lo posible, tiene que tolerar muchos males de menor cuantía para no perjudicar intereses superiores del bien común.
¿Es lícito aconsejar el mal menor?
Se discute si es moralmente posible aconsejar el mal menor a una persona ya decidida a ejecutar otro pecado mayor. Algunos responden simplemente que jamás es lícito aconsejar un mal menor para evitar otro mayor, no encontrando justificación a semejante sugerencia, por lo mismo que el fin no justifica los medios. Pero la respuesta no es tan sencilla. En sí es correcto decir que no se puede «aconsejar» un mal menor; pero es necesario aclarar lo que se significa con esa frase.
Es en efecto lícito aconsejar la disminución del mal. Puede suceder que aconsejar el mal menor sea eso precisamente cuando, no se pueda impedir totalmente un mal. Por ejemplo, a quien tratara de vengarse de su enemigo quemándole la casa y matándole, se le podría proponer como venganza simplemente la de quemarle la casa. No se sugeriría nada pecaminoso que no hubiese aceptado previamente el malhechor; todo consistiría en hacer que su voluntad redujera la ya admitida malicia. El conjunto de circunstancias y la actitud del consejero indicarían suficientemente que no se aprueba la quema de la casa, sino que se intenta reducir el daño global.
3.- El principio del “doble efecto”5
Se llama así cuando una acto humano tiene un doble efecto, uno bueno y otro malo. La acción puede ser moralmente lícita si cumple una serie de condiciones. A saber:
- Que la acción en sí misma, prescindiendo de sus efectos, sea buena o al menos indiferente.
- Que la consecuencia mala no se siga directamente de la acción que se realiza.
- Que se actúe con buen fin.
- Que exista proporción entre el efecto bueno y el malo.
Pongamos un ejemplo y así lo entenderemos mejor: Veamos el caso de una mujer que está embarazada y tiene un tumor intestinal que necesita operarse inmediatamente.
- Que la acción en sí misma –prescindiendo de sus efectos- sea buena o al menos indiferente. En el ejemplo tipo, la operación quirúrgica necesaria es en sí buena.
- Que el fin del agente sea obtener el efecto bueno y se limite a permitir el malo. La extirpación del tumor es el objeto de la operación; el riesgo del aborto se sigue como algo permitido o simplemente tolerado.
- Que el efecto primero e inmediato que se sigue sea el bueno. En nuestro caso, la curación.
- Que exista una causa proporcionalmente grave para actuar. La urgencia de la operación quirúrgica es causa proporcionada al efecto malo: el riesgo del aborto.
Con esto, acabamos esta introducción para comenzar en el próximo artículo a tratar temas concretos.
Padre Lucas Prados
1 Puede ser también interesante revisar el artículo “El pecado nos ata y nos destruye” publicado en este portal (https://adelantelafe.com/pecado-nos-ata-nos-destruye/).
2 P. Lucas Prados: email – [email protected]
3 Zalba, M. voz “Mal menor”, Gran Enciclopedia Rialp.
4 León XIII, Encíclica Libertas, nº 23.
5 Aurelio Fernández, El principio de la acción de doble efecto (tesis doctoral), Pamplona 1983.