Portugal autoriza los vientres para maternidad subrogada

CONTINUA LA LEGISLACION CONTRARIA A LA LEY NATURAL.

La ley que autoriza el acceso a los vientres subragos para las mujeres estériles en Portugal entró en vigencia a fin de julio de 2017, después de que el decreto reglamentario que regula su aplicación fue publicado en el Diario Oficial de la República.
La norma permite “el acceso a los vientres subrogados a las mujeres con problemas de infertilidad, que hayan nacido sin útero o con alguna lesión que les impida quedarse embarazadas”, preceptúa la normativa.

“La pareja que quiera acceder a este procedimiento deberán acudir a un centro de reproducción asistida, público o privado, para que sea probada la infertilidad de la madre genética y la situación psicológica de la madre gestante, que no recibirá ningún pago a excepción de los gastos médicos”, afirma la información oficial.

La ley limita el contacto de la madre gestante con el bebé al “mínimo indispensable” tras su nacimiento, debido a los “potenciales riesgos psicológicos y afectivos que esa relación supone, sin perjuicio de las situaciones en las que la gestante de sustitución es un familiar próximo”.

La aplicación de la normativa había sido objetada por el Poder Ejecutivo por la existencia de vacíos legales que el Parlamento procedió a llenar y envió nuevamente el proyecto aprobado al presidente de la República, que la promulgó.

La objeciones que formulamos siempre a este tipo de legislación contraria a la ley natural, pero además totalmente voluntarista, es que se insiste con regular la producción de vida naciente, o mejor dicho, “cosificarla”, yendo en contra de la dignidad humana y en segundo lugar es que no se podrá evitar que por izquierda la madre gestante sustituta perciba un emolumento pagado por los padres que desean tener un niño “a como de lugar”. La prohibición de paga, salvo los gastos del embarazo, será una hermosa quimera y pronto habrá un mercado negro ya no de maternidad subrogada sino propiamente de “vientres de alquiler”.

La legislación no debe responder a los caprichos minoritarios de padres que pudiendo adoptar a niños nacidos que necesitan tener una familia, quieren “producir” al suyo aunque ello suponga ir contra la naturaleza. Es claro que son los niños quienes tienen el derecho humano a tener un padre y una madre y no los adultos a obtener un niño de cualquier manera, aun en contra de lo natural.

Carlos Alvarez Cozzi

Carlos Álvarez Cozzi
Carlos Álvarez Cozzihttp://Cozzi
Jurista y catedrático universitario uruguayo. Experto en Derecho Privado, Derecho Internacional Privado y Bioderecho.

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