Francisco: interpretación de “Amoris laetitia” permitiendo comunión divorciados vueltos a casar es la única posible

 

Los obispos de la región de Buenos Aires en Argentina han enviado a sacerdotes de su diócesis un comunicado que expone unos « Criterios básicos para la aplicación del capítulo 8 de Amoris laetitia », el más controvertido, en el que se encuentra la cuestión del acceso a los sacramentos de la confesión y de la Eucaristía a los divorciados vueltos a casar.

Al mismo tiempo, el documento ha sido sometido al papa Francisco, que ha contestado el 5 de septiembre con una carta en la que asegura que el texto de los prelados argentinos « explicita perfectamente el capítulo 8 de Amoris laetitia », según recoge Infocatólica. « No existe otra interpretación », escribió el papa Francisco, aun cuando los obispos argentinos afirman abiertamente que el acceso a los sacramentos puede ser autorizado a ciertas parejas vueltas a casar ya sea que uno u otro, o los dos, se encuentre aún vinculado por un matrimonio religioso precedente que no haya sido declarado nulo.

La toma de posición del papa Francisco desmiente absolutamente sus afirmaciones según las cuales no estaba al corriente ni recordaba ciertamente la nota a pie de página de la exhortación apostólica que abre discretamente esta posibilidad. No es ya cuestión de conjeturas o de discretos avances. El papa – no diremos, sin embargo, el papa revestido de su autoridad pontificia – ha zanjado la cuestión.

A menos que se haya abusado de su firma, en el cual caso una desmentido del Vaticano se impone sin demora alguna, Francisco confirma todos los temores de los católicos adheridos a las normas tradicionales de la Iglesia y a la enseñanza explícita de Cristo. Al mismo tiempo, contradice las interpretaciones benevolentes de Amoris laetitia de parte de teólogos, cardinales, obispos y demás sacerdotes, que se niegan a ver en ella una revolución: sí, hay revolución. ¿Revolución del Magisterio? ¿Cuál es la autoridad de una simple carta, aunque esté firmada por la mano del papa?

He aquí varios puntos del comunicado enviado por los obispos de la región de Buenos Aires a sus sacerdotes.

« Punto n.º 5. Cuando las circunstancias concretas de una pareja lo hagan factible, especialmente cuando ambos sean cristianos con un camino de fe, se puede proponer el empeño de vivir en continencia. Amoris laetitia no ignora la dificultades de esta opción (cf nota 329) y deja abierta la posibilidad de acceder al sacramento de la Reconciliación cuando se falle en ese propósito (cf. nota 364, según la enseñanza de San Juan Pablo II al Cardenal W. Baum del 22/03/1996). »

Comentario. Hay que recordar aquí que la cita hecha de Gaudium et spes en la famosa nota 329 es fraudulenta, ya que el documento del Vaticano II se refería la continencia entre esposos legítimos con el fin de la regulación natural de los nacimientos, subrayando que esta continencia podía poner en peligro su fidelidad.

En Amoris laetitia, esta advertencia es aplicada a una relación adulterina en la que se actuaría así para preservar la « fidelidad ».

La enseñanza de Juan Pablo II referida aquí (con una simple nota de Amoris laetitia) no parece estar disponible en internet. Se trata simplemente de subrayar que un compromiso puede ser auténtico incluso si hay un « probable » riesgo de caída, pudiendo ser esta última absuelta en la confesión. La revolución no está aquí.

« Punto nº 6.  En otras circunstancias más complejas, y cuando no se pudo obtener una declaración de nulidad, la opción mencionada puede ser de hecho no factible. No obstante, igualmente es posible un camino de discernimiento. Si se llega a reconocer que, en un caso concreto, hay limitaciones que atenúen la responsabilidad y la culpabilidad (cf. 301-302), particularmente cuando una persona considere que caería en una ulterior falta dañando a los hijos de la nueva unión, Amoris laetitia abre la posibilidad del acceso a los sacramentos de la Reconciliación y la Eucaristía (cf. notas 336 y 351). Estos a su vez disponen a la persona a seguir madurando y creciendo con la fuerza de la gracia. »

Comentario. No es quizá inútil recordar que santo Tomás Moro se encontró con un caso análogo cuando el rey Enrique VIII de Inglaterra explicaba que estaba convencido en su foro interno de la nulidad de su matrimonio con Catalina de Aragón, la viuda de su hermano, y de temer por su salvación eterna si vivía con ella. Tomás Moro se negó a aprobarlo, estimando claramente que Catalina de Aragón tenía derecho a un proceso canónico para establecer al verdad. Tomás Moro perdió por ello su cabeza; ¿es necesario decir con la perspectiva del 2016 que su sacrificio fue absurdo? ¿Murió para nada?

« Punto nº 9. Puede ser conveniente que un eventual acceso a los sacramentos se realice de manera reservada, sobre todo cuando se prevean situaciones conflictivas. Pero al mismo tiempo no hay que dejar de acompañar a la comunidad para que crezca en espíritu de comprensión y acogida, sin que ello implique crear confusiones en la enseñanza de la Iglesia acerca del matrimonio indisoluble. La comunidad es instrumento de la misericordia que es «inmerecida, incondicional y gratuita». »

Comentario. Aquí se comprende que los obispos argentinos desconfíen de la reacción de ciertos fieles. Ya están advertidos. Es la comunidad, no ya el sacerdote en el confesonario el que debe dispensar la misericordia y no hacer preguntas sobre una eventual no observancia de las reglas de la Iglesia.

El papa Francisco aplaudió vivamente el texto en su carta a Mons. Sergio Alfredo Fenoy, delegado de la región pastoral, dándole las gracias por este trabajo y felicitando a aquellos que lo llevaron a cabo.

He aquí la traducción de su carta:

« Querido hermano:

Recibí el escrito de la Región Pastoral Buenos Aires «Criterios básicos para la aplicación del capítulo VIII de Amoris laetitia». Muchas gracias por habérmelo enviado; y los felicito por el trabajo que se han tomado: un verdadero ejemplo de acompañamiento a los sacerdotes… y todos sabemos cuánto es necesaria esta cercanía del obispo con su clero y del clero con el obispo. El prójimo «más prójimo» del obispo es el sacerdote, y el mandamiento de amar al prójimo como a sí mismo comienza para nosotros obispos precisamente con nuestros curas.

El escrito es muy bueno y explicita cabalmente el sentido del capítulo VIII de Amoris laetitia. No hay otras interpretaciones. Y estoy seguro de que hará mucho bien. Que el Señor les retribuya este esfuerzo de caridad pastoral.

Y es precisamente la caridad pastoral la que nos mueve a salir para encontrar a los alejados y, una vez encontrados, a iniciar un camino de acogida, acompañamiento, discernimiento e integración en la comunidad eclesial. Sabemos que esto es fatigoso, se trata de una pastoral «cuerpo a cuerpo» no satisfecha con mediaciones programáticas, organizativas o legales, si bien necesarias. Simplemente acoger, acompañar, discernir, integrar. De estas cuatro actitudes pastorales, la menos cultivada y practicada es el discernimiento; y considero urgente la formación en el discernimiento, personal y comunitario, en nuestros Seminarios y Presbiterios.

Finalmente quisiera recordar que Amoris laetitia fue el fruto del trabajo y la oración de toda la Iglesia, con la mediación de dos Sínodos y del Papa. Por ello les recomiendo una catequesis completa de la Exhortación que ciertamente ayudará al crecimiento, consolidación y santidad de la familia.

Nuevamente les agradezco el trabajo hecho y los animo a seguir adelante, en las diversas comunidades de las diócesis, con el estudio y la catequesis de Amoris laetitia.

Por favor, no se olviden de rezar y hacer rezar por mí.

Que Jesús los bendiga y la Virgen Santa los cuide.

Fraternalmente,

Francisco »

[Fuente. Traducido por Marianus el Eremita, equipo de traducción de Adelante la Fe]

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