El proyecto de ley Zan, un desastre inminente para Italia

La amenaza del coronavirus hace que a veces se olviden otras plagas en Italia, como el devastador proyecto de ley que se está debatiendo en el Parlamento con el título de Medidas de prevención y conflicto de la discriminación y violencia por motivos fundados en el sexo, el género, la orientación sexual y la discapacidad. Esta propuesta de ley es conocida como Ley Zan, por el nombre del diputado del Partido Democrático Alessandro Zan, que es quien la ha presentado, si bien tiene ya más de cuarenta años a sus espaldas.

De hecho, el primer proyecto de ley contra la homofobia lo redactó en 1996 el diputado de Refundación Comunista Nichi Vendola. En 1999, el gobierno comunista de Massimo D’Alema aprobó un decreto titulado Medidas contra la discriminación y para la promoción de la igualdad de oportunidades. El proyecto no se aprobó porque el gobierno de D’Alema cayó el 24 de abril de 2000. Entre 2013 y 2014, el gobierno de amplios acuerdos de Enrico Letta intentó en vano aprobar un nuevo proyecto de ley contra la homofobia presentado por el diputado del PD Ivan Scalfarotto. El propio Enrico Letta, actual secretario del PD, pide con insistencia que se apruebe el texto único de Zan, que el 4 de noviembre del año pasado fue aprobado por la Cámara y a fines de abril se  programó  para que lo examine el Senado. No es fácil que se apruebe, teniendo en cuenta la oposición del centro-derecha, pero el peligro es grande e inminente.

El objeto de este proyecto de ley se puso de manifiesto por el intento de adelantarlo en los colegios. El pasado día 17, durante la Jornada Internacional contra la Homofobia, la Bifobia y la Transfobia (prevista en el artículo 7 del mencionado proyecto de ley), la Delegación del Ministerio de Educación de la región del Lacio publicó una circular titulada Pautas para la escuela: estrategias de intervencióny promoción del bienestar de los niños adolescentes con diversidad de género.

Afirma dicho documento que «en los últimos años asistimos a una revolución de género» que requiere «superar el concepto de sexualidad binaria, que sólo tiene en cuenta la existencia de dos géneros (masculino y femenino)», sustituyéndolo por «espectro de género», dado que «el género ya abarca de por sí una infinita gama de formas, dimensiones y matices. En consecuencia, las instituciones educativas deberán adoptar «un lenguaje de género inclusivo» y prever «la asignación de una identidad provisional, transitoria y no consolidable» al alumno que manifieste voluntad de cambiar de género y la instalación de servicios higiénicos y vestuarios «de género no definido» para los alumnos transexuales.

Todo esto no es otra cosa que la aplicación del artículo primero del proyecto de ley Zan, que tiene por objeto tutelar jurídicamente la identidad de género, definida como «identificación percibida y manifestada de la propia persona con relación al género aunque éste no se corresponda con el sexo, e independientemente de que no se haya concluido un periodo de transición».

La llamada identidad de género consiste, pues, en una autopercepción determinada por los impulsos, deseos, sentimientos y emociones de la persona. La normativa no se limita a tutelar la homosexualidad y la transexualidad, sino que abarca toda forma de «orientación sexual» encaminada a disociar la identidad sexual de la persona de su identidad biológica, con miras a favorecer la creación de una nueva identidad psicológica fluida e indeterminada. «De ese modo –señala acertadamente Mauro Ronco, catedrático emérito de derecho penal en la Universidad de Padua–, se busca proteger penalmente tanto las diversas orientaciones sexuales, todavía consideradas trastornos de la personalidad (por ejemplo el voyeurismo, el masoquismo, el sadismo y el fetichismo) como la aún bastante controvertida teoría de género, de la misma manera que la identidad de la persona no la determina la biología, sino la libre elección individual».

En su alocución a la Cámara de los Diputados del 21 de mayo del año pasado, el mencionado profesor Ronco hizo una clara demostración del deformado concepto en que se basa el antijurídico delito de discriminación y odio, que el proyecto de ley Zan prevé castigar con penas de cárcel y multas.

«La eventual ampliación del delito de odio para que incluya la expresión de ideas por motivos de orientación sexual o identidad de género supondría la disparatada transición del derecho penal hacia un sistema que castiga la expresión de ideas para corregir a las personas por su disposición interior. No hay la menor base empírica para distinguir entre un juicio expresado sobre la orientación sexual o la identidad de género por razones de odio, y por motivos religiosos, metafísicos, éticos o sociales». De hecho, «quien expresa opiniones críticas sobre la tendencia homosexual por motivos éticos, psicológicos, médicos o sociales no las expresa motivado por odio. Es más, la mayoría de las veces el motivo por el que se expresan tales opiniones obedece a razones totalmente contrarias a un sentimiento interior de odio. ¿Odio a qué o a quién? ¿A una tendencia, una orientación, una doctrina, una opinión, o a personas de carne y hueso? En este caso tampoco se puede precisar la distinción entre el objeto del presunto estado anímico de odio sin hacer una crítica de las intenciones, cosa totalmente inaceptable en el derecho penal, porque un juez no puede discernir las intenciones buenas de las malas».

Un estudio en profundidad de éste y otros temas se puede encontrar en el libro editado por Alfredo Mantovano Legge omofobia perché non va (Cantagalli, Siena 2021), que examina atentamente el proyecto de ley Zan y lo refuta artículo por artículo revelando sus verdaderos objetivos.

La nueva legislación se propone entronizar como modelo social absoluto lo que antes se consideraba aberración y aislar por el contrario como aberrante la defensa de los principios naturales y cristianos. Pero para poder llevarse a cabo, todo proyecto de subversión del orden natural, desde la abolición de la propiedad privada hasta la supresión de la identidad sexual, exige violencia, porque la naturaleza, al igual que el bien y que la verdad, es de por sí difusiva. Cuando la ley niega el orden natural se impone inexorablemente la dictadura del relativismo tantas veces denunciada por Juan Pablo II y Benedicto XVI.

De llegar a aprobarse la ley sobre la homofobia, el derecho a la libertad de expresión sólo les sería negado a los defensores del orden tradicional. Con todo, sería un grave error limitarse a criticar la derogación de la libertad propuesta por el texto único del proyecto de ley Zan sin remontarse a la causa de dicho totalitarismo, que está en la definición de identidad de género que se expresa en al artículo 1.

El liberalismo impregna hoy en día la mentalidad de muchos católicos, que no ven otro enemigo que el prohibicionismo, olvidando que el mal no está en las instituciones sino en la vulneración de un orden moral objetivo de valores. El nefasto proyecto de ley Zan no debe combatirse en nombre de la libertad, sino de la naturaleza y de la razón.

Se está librando una enconada batalla de ideas. Sin claridad de principios filosóficos y morales, todo está perdido. Profesando y viviendo esos principios y con la ayuda de Dios podremos ganar la batalla cultural de nuestro tiempo.

(Traducido por Bruno de la Inmaculada)

Roberto de Mattei
Roberto de Matteihttp://www.robertodemattei.it/
Roberto de Mattei enseña Historia Moderna e Historia del Cristianismo en la Universidad Europea de Roma, en la que dirige el área de Ciencias Históricas. Es Presidente de la “Fondazione Lepanto” (http://www.fondazionelepanto.org/); miembro de los Consejos Directivos del “Instituto Histórico Italiano para la Edad Moderna y Contemporánea” y de la “Sociedad Geográfica Italiana”. De 2003 a 2011 ha ocupado el cargo de vice-Presidente del “Consejo Nacional de Investigaciones” italiano, con delega para las áreas de Ciencias Humanas. Entre 2002 y 2006 fue Consejero para los asuntos internacionales del Gobierno de Italia. Y, entre 2005 y 2011, fue también miembro del “Board of Guarantees della Italian Academy” de la Columbia University de Nueva York. Dirige las revistas “Radici Cristiane” (http://www.radicicristiane.it/) y “Nova Historia”, y la Agencia de Información “Corrispondenza Romana” (http://www.corrispondenzaromana.it/). Es autor de muchas obras traducidas a varios idiomas, entre las que recordamos las últimas:La dittatura del relativismo traducido al portugués, polaco y francés), La Turchia in Europa. Beneficio o catastrofe? (traducido al inglés, alemán y polaco), Il Concilio Vaticano II. Una storia mai scritta (traducido al alemán, portugués y próximamente también al español) y Apologia della tradizione.

Del mismo autor

El plan de reinterpretación de la Humanae vitae

Monseñor Gilfredo Marengo, profesor del Pontificio Instituto Juan Pablo II, será...

Últimos Artículos

La Semana Santa no es momento de playa ni diversiones

https://youtu.be/ZBsa00JGhcE?si=UDriQzFjW7m7hccQ Padre Michel Boniface, FSSPX

 “Et Verbum caro factum est”

I. El 25 de marzo la Liturgia de la...