Haec Sancta (1415): un documento conciliar que fue condenado por la Iglesia

El Concilio de Costanza (1414-1418) está reconocido entre los 21 concilios ecuménicos de la Iglesia, pero uno de sus decretos, la declaración Haec Sancta del 6 de abril de 1415 está considerado herético porque afirma la supremacía del Concilio sobre el Romano Pontífice. En Costanza, Haec Sancta tuvo su aplicación en el decreto Frequens, del 9 de octubre de 1417, que anunciaba un concilio cinco años más tarde, el sucesivo tras otros siete años y uno más al cabo de diez.

Con ello atribuía de hecho al Concilio la función de órgano colegial permanente, que se colocaba al lado del Papa y de hecho le era superior. Martín V, elegido al solio pontificio en Costanza en 1417, reconoció con la bula Inter cunctas del 22 de febrero de 1418 la ecumenicidad del Concilio de Costanza y todas las decisiones que éste había tomado, aunque fuera con la fórmula genéricamente restrictiva: «in favorem fidei et salutem animarum». No sabemos si el Papa compartía, siquiera parcialmente, las teorías conclliaristas o si se sintió obligado a tomar esa actitud presionado por los cardenales que lo habían elegido. Lo cierto es que no repudió la Haec Sancta y aplicò con rigor el decreto Frequens, fijando la fecha para un nuevo concilio general, el cual se celebró en Pavia y Siena (1423-1424), y designó la ciudad de Basilea come sede del sucesivo encuentro. Sin embargo, falleció el 21 de febrero de 1431 y la asamblea se inauguró presidida por su sucesor Gabriele Condulmer, elegido Papa con el nombre de Eugenio IV el 3 de marzo de 1431.

Desde la apertura saltó a la vista en el Concilio de Basilea el contraste entre dos partidos: por un lado, los fieles al Papado y por otro los partidarios de las tesis conciliaristas, que constituían la mayoría de los padres conciliares. El tira y afloja conoció fases muy variadas. En una primera fase, Eugenio IV retiró su aprobación a los padres rebeldes de Basilea. Sucesivamente, cediendo a las presiones políticas y eclesiásticas, dio marcha atrás y, mediante la bula Duduum Sacrum del 15 de diciembre de 1433, revocó la disolución del concilio previamente decretada por él y ratificó los documentos que este había promulgado hasta aquel momento, y por tanto también la Haec Sancta, que era el principal argumento en que se apoyaban los padres de Basilea.

Cuando se dio cuenta de que no cederían en sus reivindicaciones, el Papa volvió a rechazar lo aprobado por el Concilio, y lo transfirió a Ferrara (1438), a Florencia (1439) y después a Roma (1443). No obstante, la mayor parte de los padres conciliares rechazaron el traslado y se quedaron en Basilea, prosiguiendo con su trabajo. Entonces se inició lo que ha pasado a la historia como el Pequeño Cisma de Occidente (1439-1449), para distinguirlo del Grande (1378-1417) que lo había precedido.

El Concilio de Basilea depuso por hereje a Eugenio IV y eligió al duque Amadeo VIII de Savoya, que reino como antipapa con el nombre de Félix V. Desde Florencia, adonde se había transferido el Concilio, Eugenio IV promulgó la excomunión del antipapa y de los padres cismáticos de Basilea. La Cristiandad se encontró dividida una vez más. Pero si en tiempos del Gran Cisma se habían impuesto los teólogos conciliaristas, en esta fase el Papa contó con el apoyo de un gran teólogo: el dominico español Juan de Torquemada (1388-1468) (no confundir con su homónimo inquisidor).

Torquemada, honrado por Eugenio IV con el título de Defensor fidei, es autor de una Summa de Ecclesia, en la que defiende enérgicamente el primado del Papa y su infalibilidad. En esta obra desmonta con gran precisión los equívocos que habían surgido en el siglo XIV a partir de la hipótesis del papa hereje. Según el teólogo español, este caso es concretamente posible, pero la solución del problema no hay que buscarla en modo alguno en el conciliarismo, que niega la supremacía pontificia. La posibilidad de herejía del Papa no compromete el dogma de la infalibilidad, porque si quisiese defenir una herejía ex cathedra en ese mismo momento dejaría de tener efecto su cargo (Pacifico Massi, Magistero infallibile del Papa nella teologia di Giovanni de Torquemada, Marietti, Turín 1957, pp. 117-122). Las tesis de Torquemada las desarrolló en el siglo siguiente su hermano en la orden dominica el cardenal Cayetano.

La importancia del Concilio de Florencia fue capital, porque el 6 de julio de 1439 promulgó el decreto Laetentur Coeli et exultet terra, que ponía fin al cisma de Oriente, pero sobre todo porque condenó definitivamente el conciliarismo, confirmando la doctrina de la suprema autoridad del Pontífice sobre la Iglesia. El 4 de septiembre de 1439, Eugenio IV definió solemnemente «que la Santa Sede Apostólica y el Romano Pontífice tienen el primado sobre todo el orbe y que el mismo Romano Pontífice es el sucesor del bienaventurado Pedro, príncipe de los apóstoles, verdadero vicario de Cristo y cabeza de toda la Iglesia y padre y maestro de todos los cristianos, y que al mismo tiempo, en la persona del bienaventurado Pedro, le fue entregada por Nuestro Señor Jesucristo plena potestad de apacentar, regir y gobernar a la Iglesia universal, como se contiene hasta en las actas de los concilios ecuménicos y en los sagrados cánones» (Denz-H, n. 1307).

En la carta Etsi dubitemus del 21 de abril de 1441, Eugenio IV condenó a los herejes de Basilea y a los «diabólicos fundadores» de la doctrina del conciliarismo: Marsilio de Padua, Johann de Jandun y Guillermo de Ockham (Epistolae pontificiae ad Concilium Florentinum spectantes, Pontificio Istituto Orientale, Roma 1946, p. 28 – pp. 24-35), pero ante Haec Sancta tuvo una actitud vasilante, proponiendo lo que hoy en día se podría calificar como una «hermenéutica de la continuidad». En el decreto del 4 de septiembre de 1439, Eugenio IV afirma que la superioridad de los concilios sobre los papas, sostenida por los padres de Basilea apoyados en Haec Sancta, es «una interpretación errónea de los propios padres de Basilea, que en realidad se manifiesta contraria al sentido auténtico de las Sagradas Escrituras, los Santos Padres y el propio Concilio de Constanza» (Decreto del 4 de septiembre 1439, en Conciliorum Oecumenicorum Decreta, EDB, Bolonia 2002, p. 533).

El mismo Eugenio IV ratificó el Concilio de Constanza, en su conjunto y en sus decretos, excluido «todo perjuicio al derecho, a la dignidad y a la preeminencia de la Sede Apostólica», como escribe a su legado el 22 de julio de 1446. La tesis de la hermenéutica de la continuidad entre Haec Sancta y la Tradición de la Iglesia no tardó en ser abandonada. Ciertamente, Haec Sancta son las actas fieles de un legítimo concilio ecuménico, ratificado por tres papas, pero ello no es suficiente para dar un valor vinculante en el plano moral a un documento del Magisterio que se opone a la enseñanza perenne de la Iglesia. Actualmente sostenemos que del Concilio de Constanza sólo se pueden aceptar los documentos que no lesionan los derechos del Papado ni contradicen la Tradición de la Iglesia. Entre dichos documentos no se cuenta Haec Sancta, que es un acta conciliar formalmente herética.

Los historiadores y los teólogos explican que Haec Sancta se puede repudiar porque no fue una definición dogmática, ya que carece de fórmulas típicas como anathema sit y palabras como ordena, define, establece, decreta o declara. El verdadero alcance del decreto es de carácter disciplinar y pastoral y no supone infalibilidad (cfr. por ejemplo la voz Concile de Constance, del cardenal Alfred Baudrillart, en el Dictionnaire de Théologie Catholique, III, col. 1221 – coll.1200-1224).

El cisma de Basilea llegó a su fin en 1449 cuando el antipapa Félix V alcanzó un acuerdo con Nicolás V (1447-1455), sucesor de Eugenio IV. Félix abdicó solemnemente y el Papa lo creó cardenal y vicario pontificio. La condena del conciliarismo fue ratificada por el V Concilio de Letrán, por el de Trento y por el Vaticano I. Quien defienda hoy en día la institución del Papado no debe descuidar el estudio de estas definiciones dogmáticas, profundizando en las obras de los grandes teólogos de la primera y la segunda escolástica. Así encontrará en este rico tesoro doctrinal todos los elementos necesarios para hacer frente a la crisis actual de la Iglesia.

Roberto de Mattei

[Traducido por J.E.F]

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Roberto de Mattei
Roberto de Matteihttp://www.robertodemattei.it/
Roberto de Mattei enseña Historia Moderna e Historia del Cristianismo en la Universidad Europea de Roma, en la que dirige el área de Ciencias Históricas. Es Presidente de la “Fondazione Lepanto” (http://www.fondazionelepanto.org/); miembro de los Consejos Directivos del “Instituto Histórico Italiano para la Edad Moderna y Contemporánea” y de la “Sociedad Geográfica Italiana”. De 2003 a 2011 ha ocupado el cargo de vice-Presidente del “Consejo Nacional de Investigaciones” italiano, con delega para las áreas de Ciencias Humanas. Entre 2002 y 2006 fue Consejero para los asuntos internacionales del Gobierno de Italia. Y, entre 2005 y 2011, fue también miembro del “Board of Guarantees della Italian Academy” de la Columbia University de Nueva York. Dirige las revistas “Radici Cristiane” (http://www.radicicristiane.it/) y “Nova Historia”, y la Agencia de Información “Corrispondenza Romana” (http://www.corrispondenzaromana.it/). Es autor de muchas obras traducidas a varios idiomas, entre las que recordamos las últimas:La dittatura del relativismo traducido al portugués, polaco y francés), La Turchia in Europa. Beneficio o catastrofe? (traducido al inglés, alemán y polaco), Il Concilio Vaticano II. Una storia mai scritta (traducido al alemán, portugués y próximamente también al español) y Apologia della tradizione.

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